lunes, 22 de febrero de 2016


INCIAMOS TAREAS DEL AÑO 2016

Con un poco de retraso, por múltiples dificultades personales, apenas iniciamos el trabajo del año 2016, con la esperanza de realizarlo de la más más fructífera posible. Por eso, renovamos los votos de mayor constancia y regularidad en los comentarios y en los cambios que, necesariamente, debemos hacer para darle regularidad y consistencia al trabajo que nos proponemos. Por tanto, luego de un corto saludo y los votos por la felicidad y prosperidad de nuestros amigos, damos el primer paso.

UNA REFLEXIÓN SOBRE LA PROFESIÓN, SU DÍA CLÁSICO Y SU COMPROMISO SOCIAL, A PROPÓSITO DEL ESCÁNDALO EN LA POLICÍA
Como es tradicional, año tras año, se repiten las ceremonias, los actos sociales, los homenajes, los almuerzos y las diversas reuniones para decir que el 9 de febrero es el Día Clásico del Periodista Colombiano, aunque la norma que así lo consagró, la Le 71 de 1975, haya sido declarada sin efectos por la Corte Constitucional, y hoy, nos rige la Ley 1016 de 2006, que cambió la fecha para el 4 de agosto, y la extendió a los Comunicadores, y le rinde honores al precursor de la independencia y traductor de los derechos del hombre y del ciudadano, Antonio Nariño.
A los distintos actos que tengan lugar, deberíamos agregar una reflexión cuidadosa y crítica sobre el significado de la profesión y su compromiso social. Porque sería la oportunidad para que hablaran, no solamente los colegas, sino que fueran más bien, los miembros de la sociedad, empezando por el ciudadano de a pie, las mujeres, los educadores, los representantes de organizaciones, en fin, que en el fondo, sea la voz del público, porque son ellos los que confían y esperan todos los días, ser adecuadamente informados, y por tanto, con mayor razón, quienes deberían pronunciarse frente al trabajo de los periodistas.  Y agreguemos que cuando se lograra que también se procediera de esta manera, se tendría el invaluable aporte de quienes, como destinatarios del trabajo periodístico, tienen una visión más independiente de la tarea profesional.
Precisamente, lo antes dicho, nos sirve de fundamento para complementar esta reflexión, a propósito el gran escándelo que se ha conocido en la policía nacional, que tiene varios aspectos y que vincula a su saliente director, general Rodolfo Palomino y a otros militares de alto rango, con la llamada “Comunidad del Anillo”, y que llegó a su punto más elevado, por el video que difundió la periodista Vicky Dávila, y que también relaciona al entonces viceministro del Interior, Carlos Ferro.  
Por consiguiente, la autocrítica que proponemos para que desde nosotros mismos cambiemos el paradigma de esta celebración, nos conduciría con toda certeza a que, entonces, cada año, el fruto de las reflexiones produciría un material de gran valor que enriquecería el acervo periodístico relacionado con el comportamiento de los periodistas para bien, tanto de nosotros mismos, como profesionales, verdaderamente comprometidos, como frente a la sociedad que, finalmente, reconocería en su justa dimensión, las transformaciones positivas que viviríamos.
No obstante, somos conscientes de que esta propuesta, por el momento, parecerá salida de tono. Sin embargo, es el comienzo de un gran proceso, que esperamos apreciar y valorar muy positivamente, en un futuro muy cercano. Por el momento, planteamos la idea, de manera que ella vaya generando conversaciones, debates, intercambio de opiniones y modificación de comportamientos. También en la academia debe empezarse a dialogar sobre la materia, porque con seguridad, desde allí, habrá diversas posturas y muchos aportes. Lo mismo le corresponde hacer a las agremiaciones, a los propios medios de comunicación, a los directores y a los periodistas. Y en ese recorrido se llegará a otras agremiaciones profesionales que tienen bastante qué decirnos.
Abrimos, pues, la puerta para que poco a poco se conozcan ideas, sugerencias, contrapropuestas y, en general, se despierte el interés para que las venideras celebraciones del día clásico del periodista, sea de un contenido distinto al que tenemos hasta ahora. Por tanto, ¡manos a la obra!                

lunes, 12 de octubre de 2015



El proceso electoral y el derecho a la información

El domingo 25 de octubre de 2015, los colombianos que ejerzamos el derecho al voto, elegiremos gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y miembros de las Juntas Administradores Locales.  Pero, para que podamos tomar la decisión que consideremos es, según nuestros criterios, la más adecuada, necesitamos estar lo suficientemente informados de las propuestas de todos los candidatos. Y, para alcanzar ese gran propósito de ilustración, es indispensable, contar con el apoyo de los medios de comunicación.

Por consiguiente, estamos viviendo unos días de agitación ideológica que promueven los aspirantes, quienes ya están inscritos ante la autoridad electoral y cada día se intensifica el proceso electoral. Por eso, la tarea de los medios de comunicación, además, de contar cuáles son los candidatos acreditados, también les corresponde una misión esencial de orientación pedagógica, de manera que todos los ciudadanos tengan el conocimiento básico para entender el proceso electoral, deliberar sobre el mismo y después votar.

En otras palabras, el derecho a la información,  que en esta oportunidad tiene relación con las próximas elecciones, sólo será posible satisfacerlo plenamente, cuando los aspirantes tengan, en igualdad de condiciones, acceso a los medios de comunicación para explicar, difundir y confrontar sus propuestas. Y, también, cuando los mensajes ideológicos, para convencer a los electores, sean  claros y concretos en sus contenidos. Y, además, que los receptores, que somos todos los ciudadanos, estemos bien enterados de los distintos programas.

A lo anterior, tenemos que agregar que nuestro sistema político, que proclama una democracia, más participativa que representativa, igualmente, hace parte del proceso electoral. Por eso, las autoridades respectivas, están en el deber de hacer realidad el conjunto de garantías  que sean pertinentes.

En esencia, podemos afirmar que nos preparamos para unas elecciones que demandan conocimiento previo sobre las propuestas. Al mismo tiempo, requerimos de un gran espacio de diálogo público, que permita la intervención de todos los interesados. También garantías y vigilancia de las autoridades para evitar situaciones irregulares. Veeduría de la sociedad, ejercida por medio de instituciones serias, competentes y honradas. Y, como un gran soporte, del antes llamado “cuarto poder”, hoy, considerado por muchas razones, como el “primer poder”, que lo constituye el conjunto de medios de comunicación, para que como grandes garantes de la información oportuna, transparente,  pertinente, pedagógica, y podríamos añadir más calificativos, contribuyan a una comunidad bien informada, para que decida con conocimiento y luego esté alerta a reclamar el cumplimiento de los compromisos adquiridos por quienes gobernarán en nombre de una sociedad que creyó en planes concretos para avanzar en la consolidación de una democracia, cada vez más real, social y digna de un país que, como Colombia, sigue con grandes expectativas empeñada en un mañana más solidario y pacífico.  

domingo, 13 de septiembre de 2015

 
EL PERIODISMO SIGUE DE LUTO: ¿HASTA CUÁNDO?

La noticia, que nuevamente, nos conmovió esta semana y que ya no sabemos cómo calificarla, tiene que ver con el asesinato de la periodista Flor Alba Núñez Vargas, en Pitalito, Huila. Y estábamos recordando esta semana que termina, se cumplió un año de la muerte, en iguales condiciones de indefensión del periodista antioqueño, Luis Carlos Cervantes, al menos, sobre cuyo caso, dijeron las autoridades de policía que capturaron a parte de los autores materiales.  
 
Ya no sabemos qué decir, cada vez y con más frecuencia, cuando nos informan sobre este tipo de acciones delictivas que lesionan a tantas personas, empezando por el colega y sus familias y se sigue con la sociedad, en general, porque la privan del profesional que trabaja para que todos estemos enterados del acontecer de nuestro entorno.
 
Las agremiaciones, más allá de pronunciarse y lamentar lo ocurrido, y pedir a las autoridades competentes que agilicen las investigaciones, lo mismo que solicitar protección, no tienen ni están en capacidad ni les compete hacer más. ¿Entonces, qué camino nos queda?
 
No tenemos la fórmula mágica para estos casos. Nuestra solidaridad es una voz que nunca podrá faltar, porque jamás podrán silenciarnos, pero mientras tanto, de quién dependen la seguridad, las garantías, la protección, y podríamos decir más, sin que todavía hallemos la solución, que no dependerá solamente de las autoridades, aunque así en un alto grado de ellas, sino que requiere y reclama también el compromiso de los asociados para que, entre todos, unamos esfuerzos y así tengamos la esperanza de frenar el quehacer de los criminales que aprovechan cualquier posibilidad para matar.
 
 La vida, que tiene muchas definiciones y es una oportunidad única de servir a la comunidad. Y ésta sabe que todas las personas tenemos un compromiso de trabajar siempre en esa dirección. Por tanto, solamente en la medida en que seamos conscientes y solidarios, aportaremos lo que está a nuestro alcance, pero todavía seguimos sin encontrar la solución. 
 
No obstante, deberíamos propiciar un gran debate y que sea permanente, empezando por el compromiso de todos los medios de comunicación, para hacerle frente a esta situación, de manera que escuchemos voces diversas y plurales, con propuestas que examinadas en forma cuidado, podrían orientar, en principio, el camino que debemos seguir. Y en la medida en que se sumen otras voces, desde la academia, de diversas organizaciones sociales, de agrupaciones culturales, de movimientos políticos, de defensores de los derechos humanos, de las mismas autoridades de las ramas del poder público. Es decir, con nuestra arma, que es la palabra, para hacer partícipes a cuantos quieran unirse a una causa que, finalmente, es de todos, para que entre todos, así sea todavía muy utópico, avanzar hacia un clima de tranquilidad, que tanto necesitamos en Colombia. Porque defender el ejercicio libre del periodismo, es un compromiso y un deber que corresponde a los colombianos que seguimos pensando en que la violencia no es la solución a tantos problemas y situaciones de injusticia que vivimos. Estaremos atentos a las respuestas.
  
 
 
 
 
 

lunes, 17 de agosto de 2015


ASPECTOS ESENCIALES SOBRE EL DERECHO DE PETICIÒN

Nos proponemos ahora, hacer una síntesis del contenido de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015, que regula el derecho fundamental de petición.

En esencia, se dispone que toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades y también a los particulares, por motivos de interés general o particular, y a obtener pronta y completa respuesta. Tal acto, constituye una primera forma de establecer comunicación con el otro, sobre diversos asuntos, cuyo campo es bastante amplio, casi que en principio, puede decirse que es ilimitado. Por ejemplo, frente a las autoridades, se puede solicitar el reconocimiento de un derecho, la intervención de una entidad o funcionario, la resolución de una situación jurídica, la prestación de un servicio, requerir información, consultar, examinar y pedir copias de documentos, formular consultas, quejas, denuncias y reclamos e interponer recursos.

El ejercicio del derecho de petición es gratuito y puede realizarse sin necesidad de representación a través de abogado, o de persona mayor cuando se trate de menores en relación a las entidades dedicadas a su protección o formación.

Sobre los plazos para contestar, la norma general fija un término de quince días. Pero existen otros específicos. Por ejemplo, cuando se trata de peticiones sobre documentos y de información, deberán resolverse dentro de los diez días siguientes a su recepción. Si en ese tiempo no se ha contestado, se entiende la solicitud fue aceptada y en los tres días siguientes, se reclaman las copias. En cambio, cuando se trate de consultas, el plazo para responder es de treinta días.

En un régimen democrático, que tiene como característica, el ejercicio de la palabra para relacionarnos con los demás, como ya como dijimos, el derecho de petición es una forma de establecer comunicación con las autoridades. Por eso, puede hacerse en forma verbal o escrita. Estamos pendientes de la reglamentación que expedirá el gobierno para cuando sea verbal, de manera que quede constancia. En la escrita, habrá ocasiones en que se deban ajuntar documentos para mayor ilustración. Para facilitar esta relación, se emplearán los distintos recursos tecnológicos para las comunicaciones.

En cuanto al contenido de un derecho de petición, como comunicación, que es, se constituye en una carta, que empieza por designar la autoridad a la que se dirige, con el nombre completo y apellidos del solicitante, repre­sentante o apoderado, si es el caso, con anotación del documento de identidad y de la dirección donde recibirá correspondencia. Hoy se debe agregar el número de fax, la dirección electrónica y el celular, para facilitar la comunicación.

Además, se expresará el objeto de la petición, en forma clara, seria y respetuosa. Con las razones en las que se fundamenta la petición. Es lo que podría llamarse, argumentación para justificar la petición. Si es necesario, la relación de los documentos que desee presentar para iniciar el trámite, se agradece y se firma por el peticionario.

Empleados públicos, como los de la Procuraduría General de la Nación, de la Defensoría del Pueblo, así como los personeros distritales y municipales, tienen el deber de prestar asistencia eficaz e inmediata a toda persona que la solicite.

Es importante decir que existen informaciones y documentos, sometidos a reserva por la Constitución Política o la ley, como los relacionados con la defensa o seguridad nacionales; las instrucciones en materia diplomática o sobre negociaciones reservadas; los que involucren derechos a la privacidad e intimidad de las personas, incluidas en las hojas de vida, la historia laboral y los expedientes pensionales y demás registros de personal que obren en los archivos de las instituciones públicas o privadas, así como la historia clínica; los relativos a las condiciones financieras de las operaciones de crédito público y tesorería que realice la nación, así como a los estudios técnicos de valoración de los activos de la nación; los datos referentes a la información financiera y comercial, en los términos de la Ley Estatutaria 1266 de 2008, por la cual se dictan disposiciones sobre el hábeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales, en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países; los protegidos por el secreto comercial o industrial, así como los planes estratégicos de las empresas públicas de servicios públicos; los amparados por el secreto profesional; y los datos genéticos humanos.

Finalmente, otro aspecto de especial trascendencia es al relativo al derecho de petición ante organizaciones e instituciones privadas. Entre ellas, tenemos sociedades, corporaciones, fundaciones, asociaciones, organizaciones religiosas, cooperativas, instituciones financieras o clubes. En cuanto a las peticiones ante las empresas o personas que administran archivos y bases de datos de carácter financiero, crediticio, comercial, de servicios y las provenientes de terceros países, se regirán por lo dispuesto en la Ley Estatutaria del Hábeas Data.

Igualmente, ejercen el derecho de petición, los usuarios ante instituciones privadas como las Cajas de Compensación Familiar, a las Instituciones del Sistema de Seguridad Social Integral, las entidades que conforman el sistema financiero y bursátil y a aquellas empresas que prestan servicios públicos y servicios públicos domiciliarios, que se rijan por el derecho privado, se les aplicarán en sus relaciones con los usuarios.

Este breve comentario es una introducción a un tema que siempre será de interés. Por tanto, la recomendación es la consulta y el estudio permanente de la Ley 1755 de 2015.

lunes, 13 de julio de 2015


LA 1755 ES LA ESTATUTARIA SOBRE EL DERECHO DE PETICIÓN

Pasó sin la más mínima trascendencia la Ley 1755 de 2015 -30 de junio-, cuando debió ser noticia, por ser la ley estatutaria que regula el derecho fundamental de petición. Debió ser una noticia que a todos interesa, aunque debemos hacer especial hincapié para quienes ejercemos la actividad periodística.
 
Recordemos, brevemente, que el actual Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Ley 1437 de 2011, contenía las normas sobre esta materia, pero por tratarse de un derecho fundamental, establecido en el artículo 23 de la Constitución Política, debía ser reglamentado por una norma de mayor rango, como es la ley estatutaria, cuyas disposiciones pertinentes las encontramos en los artículos 152 y 153 de la Carta Magna.
 
Como parte del trámite contempla la revisión previa por la Corte Constitucional, relativo a la exequibilidad del proyecto, ya tenemos la correspondiente sentencia, que es la C-951 del 4 de diciembre de 2014.
 
Como se trata de un tema de tanta trascendencia, su estudio debe empezar por examinar dicha sentencia, porque el contenido nos permitirá mayor ilustración y comprensión del sentido y alcance de la nueva norma. Por eso, así sea sumamente breve, destacamos algunos de los aspectos más novedosos y relacionados con el trabajo periodístico. Luego haremos lo pertinente con la Ley 1755 de 2015.
 
1. El derecho de petición ante particulares: porque son éstos, precisamente, quienes tienen la misión periodística para contarnos qué pasa en nuestro medio, con sentido de noticia. Además, también son otros particulares los que tienen en sus manos, la satisfacción de otros derechos fundamentales como la salud, la educación, el trabajo  Ante ellos, en muchas ocasiones, tendremos que utilizar el derecho de petición. Debemos prepararnos y estar muy atentos cuándo y por qué razones tendremos que hacerlo.

2. El derecho de petición ante organizaciones internacionales: Porque en Colombia trabajan muchas de ellas y están en el deber de atender nuestros requerimientos cuando sean pertinentes.

3. El derecho de petición de anónimos: será posible cuando el peticionario, por razones que lo justifiquen, debe permanecer en reserva su identidad.

4. El derecho de petición irrespetuoso: no puede tratarse de peticiones que sean irrespetuosas, oscuras o reiterativas. La administración tendrá que saber asumir su función seria en estos casos.

5. Derecho de petición prioritario: habrá cierto tipo de peticiones que tendrán trámite prioritario, por razones que tendrán su justificación. Es importante destacar el caso de los periodistas, que por la urgencia de su trabajo, requieren respuesta pronta y completa. Pero, desde luego, que no se podrá abusar de tal circunstancia.

6. El derecho de petición y la actividad periodística: tendrá especial prelación, sobre todo, para que ejercicio sea siempre libre, independiente, profesional, responsable. Aquí juega un papel preponderante el Estado, como garante.

7. El derecho de petición y la excepción de acceso a la información: habrá casos de reserva, pero con justificación, entre ella, de algunos documentos públicos. La norma general será el acceso, la reserva, la excepción, pero razonable. Por ejemplo, sobre asuntos de defensa y seguridad nacional, relaciones internacionales, trámites judiciales.

8. El derecho de petición y ciertos derechos fundamentales: la reserva en información sobre intimidad, privacidad, archivos de instituciones públicas o privadas, las historias clínicas, los datos personales, los datos sensibles.

9. El derecho de petición y operaciones financieras del Estado: crédito público, tesorería, estudios técnicos, valoración de activos, información financiera y comercial, la contratación pública, la publicidad del Estado.

10. El derecho de petición y reserva de cierta información: el secreto comercial o industrial.

11. El derecho de petición y reserva de datos genéticos y humanos: garantía de la investigación. El consentimiento expreso y libre del titular de la información.

 
 
 
 
 
 
 

martes, 9 de junio de 2015



¿AMENAZA DE CENSURA EN LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN?

 

Con una nueva sorpresa conocimos la cita que le hizo el señor Fiscal General de la Nación, Eduardo Montealegre, a la abogada y periodista, María Isabel Rueda, para que explicara el contenido de la entrevista que sostuvo y publicó en el periódico El Tiempo, con el también periodista Francisco Santos, ahora candidato a la Alcaldía de Bogotá. Aún no entendemos las razones para este proceder, sobre todo, si nos atenemos a las funciones esenciales de la Fiscalía General de la Nación, que se centran en la investigación de la comisión de delitos y en acusar ante los jueces a los posibles autores de tales conductas, si en esta oportunidad, al aplicar dichas funciones, se podía establecer que existía o había la más mínima sospecha de que aquella entrevista contenía elementos constitutivos de delitos. No otra podría ser la justificación a primera vista.

Sin embargo, en nuestra modesta apreciación, nos apartamos en forma absoluta de esta conducta, porque aunque es posible que por empleo de los medios de comunicación se puedan cometer delitos, en esta ocasión, no encontramos la más mínima sospecha de que haya ocurrido un comportamiento delictivo. Más bien podría configurarse un abuso del poder que, en tal caso, sí merece ser rechazado por todos los periodistas de Colombia.

Por tanto, es la ocasión propicia para una corta reflexión sobre el papel tan trascendental de los medios de comunicación en una sociedad, como la nuestra, que se siente satisfecha de ser democrática y deliberante, y sobre todo, del cuidado de los mismos, en el tratamiento de los distintos mensajes que se difunden para no incurrir en faltas, que por la gravedad lleguen a merecer ser investigadas y castigadas. Si eventualmente ocurrieran, también sería la oportunidad para un aprendizaje que a todos nos interesa.

Nos corresponde entonces, llamar la atención de todas las autoridades, en especial, en esta ocasión, al señor Fiscal General de la Nación, para ser muy cuidados cuando deban actuar ante los periodistas por el ejercicio de la profesión, porque, como ya dijimos, no estamos exentos de violar las leyes de carácter penal, pero tampoco es lo más adecuado convocar, muchas veces en forma pública, para que determinado periodista concurra a un despacho oficial a explicar su comportamiento, si éste, que debe contar con suficientes garantías, se siente amenazado y, sobre todo, porque su nombre y su reputación se han puesto en duda y discusión, circunstancias que afectarán tal vez exageradamente la trayectoria de un periodista que se ha dedicado a servir a sus sociedad y nunca ha tenido la intención de traicionarla con su trabajo.

Por consiguiente, rechazamos estas conductas, como la del señor Fiscal General de la Nación que causan más daño que provecho a una dependencia tan importante en la organización de un Estado de Derecho, como lo proclama nuestra Carta Magna.

 

 

 

sábado, 9 de mayo de 2015




¿CENSURA EN MARINILLA?


Sin más comentarios, porque no son necesarios, transcribimos la carta que nos envió el director del periódico El Marinillo, colega José Joaquín Duque Gómez, director del periódico El Marinillo.


Marinilla, Antioquia,  5 de Mayo de 2015
Doctor
RODRIGO ANTONIO ZULUAGA MEJÍA
Presidente Ejecutivo
Cámara de Comercio del Oriente Antioqueño
Rionegro,  Antioquia

Atento saludo.
Para el  día jueves 16 de abril del presente año,  varios empresarios de la región fuimos  invitados  por la Cámara de Comercio del Oriente Antioqueño  a un evento de sensibilización sobre necesidades de capacitación, evento que se realizó en su sede.  Unos 10 minutos antes de la hora fijada para iniciar el evento y estando en el  respectivo salón de capacitaciones, entregué a quienes allí se encontraban -unas 15 personas-  la Edición N° 44 del Periódico El Marinillo. Con gran sorpresa y sin que se me diera razón o explicación alguna, un empleado de la Cámara de Comercio del Oriente Antioqueño me solicitó que procediera a recoger los ejemplares que había entregado a los presentes en el salón.  Ante tal solicitud, opté por retirarme, obviamente sin proceder a tan injustificada solicitud.

 Es realmente inconcebible y reprochable que una entidad que en su Misión reza "impulsar el desarrollo de la región”, que igualmente edita y distribuye un periódico  como “un espacio propicio para la difusión del acontecer de cada uno de los municipios y de las instituciones que jalonan el  desarrollo comercial, empresarial, económico y cultural de la región”,  restrinja  la distribución  entre un grupo de empresarios y comerciantes que asistían al evento en mención y, peor aún, solicite –sin mediar razón o explicación alguna- recoger los ejemplares entregados de un medio que igualmente  trabaja por el desarrollo de nuestra región.
El periódico El Marinillo es una publicación de carácter regional que ha logrado ya varios reconocimientos tales como: Ganador del Premio Orlando López –modalidad prensa- del Laboratorio de Paz del Oriente Antioqueño en el año 2009;  y el Premio a la Excelencia Periodística como Mejor Medio de Comunicación Alternativo del Departamento –Categoría Prensa-  otorgado por el Círculo de Periodistas y Comunicadores Sociales de Antioquia en el año 2014, entre otros.

Son muchas y comprobables las ocasiones en que para eventos de diferente índole que se realizan en el Oriente Antioqueño u otros lugares, instituciones universitarias, entidades, municipios y otros, nos solicitan ejemplares del Periódico El Marinillo para distribuir entre los asistentes,  hecho totalmente opuesto a lo sucedido con la Cámara de Comercio del Oriente Antioqueño.  Creemos que contrario a lo descrito en el primer párrafo de esta comunicación, la Cámara debería respaldar y apoyar los productos, bienes y servicios que empresas, comerciantes o entidades generan en la región.

Para concluir, vale la pena traer  a colación lo que señala Javier Darío Restrepo, Premio a la Excelencia periodística de la Fundación Gabriel García Márquez para el Nuevo Periodismo y profesor de ética:

“La información es un servicio y pertenece a la vez al orden de la inteligencia y al de la comunicación que puede llegar a ser comunión. La libertad de prensa está al servicio del derecho a la información que, a su vez, es un instrumento que permite la  libertad de la sociedad y de las personas. La libertad de prensa no es un privilegio ni un recurso de poder. Es una defensa indispensable del que busca la verdad que la prensa debe y sirve a la sociedad; la sociedad la reclama porque sin ella es imposible vivir en democracia; es un instrumento indispensable que cuando desaparece deja sin apoyo el debate, y sin él no hay examen de los actos del gobernante, y al faltar ese examen aparecen la verdad única e impuesta, la imposición ideológica, el predominio del capricho y la muerte de la inteligencia y de la dignidad”.

Atentamente,
José Joaquín Duque Gómez

C.C. 70’064.688

Director Periódico El Marinillo