lunes, 29 de mayo de 2017



PRIMERA CONDENA POR AMENAZAS DESDE INTERNET

Una noticia, que como todas las demás, tiene que ver con la violación de derechos y la causación de perjuicios, acabamos de conocer, pero en esta oportunidad es la primera en su naturaleza y tiene que ver con una nueva modalidad para la consumación del delito, que consiste en el uso del recurso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, en concreto, del abuso de la red internet. La persona condenada es el señor Diego Alexander Céspedes Moreno, quien deberá purgar una pena de privación de la libertad de cuatro años y dos meses. 
 
Los hechos se remontan al 04 de febrero de 2014, cuando Jaime Caicedo Turriago, líder político y defensor de Derechos Humanos, según dijo en sus declaraciones, en los correos que recibía, se agregaba un planfleto que reiteraba los mensajes intimidatorios, y estaba firmado por los "Rastrojos Comandos Urbanos", y parte del contenido decía que había una oferta, como recompensa de 50 millones de pesos, para el miembro de dicha organización que atentara contra la vida de alguno de los dieciocho líderes políticos y defensores de derechos humanos del Movimiento Político Marcha Patriótica y del Partido Político Unión Patriótica.  Entre los amenazados están personas muy reconocidas por su actividad política, entre quienes se citan a Aída Avella Avella Esquivel, Piedad Esneda Córdoba Ruiz, Rigoberto de Jesús Jiménez y Jaime Caicedo Turriago

Después de conocida la denuncia por la Dirección de Investigación Criminal e INTERPOL, su personal adelantó una pronta y efectiva actuación, quienes, después de varias acciones, establecieron que era el señor Diego Alexander Céspedes Moreno, el responsable de las intimidaciones contra los 18 líderes políticos y defensores de Derechos Humanos. Es importante destacar que el profesionalismo del personal encargado de esta investigación, les permitió saber que los mensajes intimidatorios fueron enviados desde un café internet, ubicado el sector de Puente Aranda en la ciudad de Bogotá.

Este delito de amenaza, realizado en esta ocasión, mediante el uso de las TICS, que muchos delincuentes aún siguen creyendo que es fácil ocultarse por hacerlos desde sitios distintos al lugar habitual donde viven, hoy, por fortuna, y gracias a la capacitación y a los equipos tecnológicos, las autoridades competentes podrán descubrirlos.  

 La trascendencia de esta noticia está en ser la primera condena que se registra en esta modalidad, y por el delito de amenazas, cuyo autor creyó que por emplear la red, era fácil evadir la acción de las autoridades. Al contrario, este acontecimiento debe llevar a una reflexión seria y cuidadosa, pues, es necesario que cada vez seamos más conscientes de que las nuevas herramientas para las comunicaciones han de utilizarse con un gran sentido de responsabilidad, porque de lo contrario, estaríamos ante el abuso de estos medios tecnológicos que nos permiten estar en contacto en forma rápida y eficaz con muchas personas y en todo el planeta.





lunes, 22 de mayo de 2017

¿CENSURA EN COLOMBIA POR DECISIÓN DE ALGUNOS FUNCIONARIOS DE LA ONU Y DEL COMITÉ DE VÍCTIMAS DE BOJAYÁ?

Nos resistimos a creer que funcionarios de la Organización de Naciones Unidas,  Institución que tiene cuatro grandes propósitos universales: "mantener la paz y la seguridad internacionales; fomentar las relaciones de amistad entre las naciones; realizar la cooperación internacional en la solución de problemas internacionales y el estímulo del respeto hacia los derechos humanos; y servir de centro que armonice los esfuerzos de las naciones para alcanzar tan nobles propósitos", hubieran impedido el trabajo investigativo que pretendía realizar la periodista Patricia Nieto, en compañía de la colega fotógrafa, Natalia Botero, relacionado con la reconstrucción del proceso judicial y sus repercusiones sociales y políticas de la masacre ocurrida en mayo de 2002, cuando murieron más de cien personas en el tempo de Bojayá, un caserío olvidado del departamento del Chocó.

Para este corto comentario, nos apoyamos en la columna que publicó el periodista Juan José Hoyos en el diario El Colombiano, el domingo 21 de mayo de 2017, página 32. En esencia, afirmamos que si la ONU tiene entre algunas de sus misiones, "el estímulo del respeto hacia los derechos humanos", obviamente, entre ellos, el primero que ha de ser el de la vida, no entendemos las razones para que algunos de sus funcionarios obstaculizaron una tarea tan importante y trascendental, que tiene que ver con la defensa de la vida, ya que las personas que murieron en el lugar antes citado, merecen que tanto las autoridades, como la sociedad entera, cuenten la historia de esta dolorosa situación, que ojalá, ahora, cuando avanzamos hacia un difícil proceso de paz, que la llaman "paz duradera y establece", dichos acontecimientos jamás se vuelvan a repetir. Pero la reclamación incluye a los líderes del Comité por los Derechos de la Víctimas de Bojayá, que impedieron entrevistar a pobladores, tomar fotografías y "hasta  usar la libreta de notas durante la cdelebración de una misas en memoria de las víctimas". Lo mismo que "Un funcioanrio de la ONU también les ordenó ´apagar sus equipos´e impidió a un grupo de camarógrafos grabar una escena para un documental sobre la vida del sacerdote Antún Ramos Cuesta -quien sobrevivió a la masacre y lideró el traslado de los heridos en el año 2002-"

En síntesis, tanto el empleado de la ONU como el Comité por los Derechos de la Víctimas, sobre todo este último, que justificó su proceder con "un protocolo para el manejo de las comunicaciones", deberían entender que en Colombia, no solo por mandato de la Constitución Política sino por disposición de varias leyes, se tiene acceso libre a los lugares donde haya acontecimientos que originen noticias. Y son las mismas autoridades, las encargadas de hacer realidad lo que dicen las leyes. Por eso, nos sentimos sumamente extrañados, no contra la ONU, sino contra quienes en su nombre trabajan y en su nombre han cometido este atropello contra el derecho a la información que tenemos todos los colombianos de enterarnos del acontecer de todo el territorio nacional, incluso de lo más importante que ocurra en el mundo. 

Por tanto, pedimos que tanto el Comité como la ONU, revisen su conducta y que también las autoridades competentes de Bojayá, tomen con el debido cuidado lo sucedido porque, con certeza, habrá más acontecimientos similares, y no es admisible que se repitan los comportamientos antes narrados, sino que suceda lo que es apenas natural, es decir, que haya suficientes garantías para todos los periodistas y los ciudadanos que quieren saber el porqué de cada hecho que tiene como referencia, recordar a las víctimas, con el llamado doloroso de que la vida sea siempre el primer derecho que todos respetemos por más diferencias de distinto orden que tengamos con el otro, si queremos que Colombia, poco a poco se encamine por la senda de la convivencia pacífica con la diferencia pero sin violencia.




lunes, 15 de mayo de 2017




EL FAST TRACK Y EL DERECHO A LA INFORMACIÓN

Por al acto legislativo No. 01 del 4 de abril de 2017, se creó un título de disposiciones transitorias de la Constitución para la terminación del conflicto armado y la construcción de una paz estable y duradera y se dictan otras disposiciones.

El término fast track que, en esencia quiere decir que se trata de un procedimiento o de un mecanismo o de una vía rápida que acorta los tiempos para el trámite de proyectos de reformas constitucionales y de ley, para, como dice el acto legislativo No. 1 de 2017, se trate de iniciativas relacionadas con materias que faciliten la terminación del conflicto armado y la construcción de una paz estable y duradera, es un asunto que, como todos los demás que tienen vínculos con este gran proceso, debería tener una mayor pedagogía para que sea bien entendidos por las personas del común, y sobre todo, para que sean conscientes de su trascendencia, ya que dichas propuestas están orientadas a lograr una anhelada situación que permita palpar la sensación de cierta tranquilidad, en especial, en algunas regiones de Colombia que han sufrido, durante muchos años, los ataques indiscriminados de los grupos insurgentes, cuyas consecuencias son muchas y hasta difíciles de narrar por el horror de las mismas.  

Los medios de comunicación han hecho publicaciones y han tenido espacios para explicar, mediante un lenguaje sencillo, en qué consiste todo este procedimiento que es noticia todos los días. Sin embargo, todo este esfuerzo no es suficiente, porque para llegar al mayor número posible de personas, tanto de las ciudades como de los pueblos y regiones alejadas de las capitales, y conseguir que entiendan bien las explicaciones que se les hagan, para que poco a poco se apropien de una serie de cambios que serán en poco tiempo, todos ellos encaminados a una situación distinta y positiva, es la tarea que sigue pendiente.  

Por consiguiente, nuestro llamado consiste en que debería haber grupos de personas, previamente bien entrenadas, para que cumplan la tarea de la difusión pedagógica del proceso del fast track y de los asuntos que por ese medio se regularán, de manera que la población no sea ajena a esta situación que, en definitiva, marcará una etapa importante en la vida colombiana, que todos anhelamos sea el comienzo de un proceso histórico, de grandes transformaciones sociales, culturales, políticas, económicas, y sobre todo, de esperanzas de un bienestar colectivo, que tanto necesitamos.








EL FAST TRACK Y EL DERECHO A LA INFORMACIÓN

Por al acto legislativo No. 01 del 4 de abril de 2017, se creó un título de disposiciones transitorias de la Constitución para la terminación del conflicto armado y la construcción de una paz estable y duradera y se dictan otras disposiciones.

El término fast track que, en esencia quiere decir que se trata de un procedimiento o de un mecanismo o de una vía rápida que acorta los tiempos para el trámite de proyectos de reformas constitucionales y de ley, para, como dice el acto legislativo No. 1 de 2017, se trate de iniciativas relacionadas con materias que faciliten la terminación del conflicto armado y la construcción de una paz estable y duradera, es un asunto que, como todos los demás que tienen vínculos con este gran proceso, debería tener una mayor pedagogía para que sea bien entendidos por las personas del común, y sobre todo, para que sean conscientes de su trascendencia, ya que dichas propuestas están orientadas a lograr una anhelada situación que permita palpar la sensación de cierta tranquilidad, en especial, en algunas regiones de Colombia que han sufrido, durante muchos años, los ataques indiscriminados de los grupos insurgentes, cuyas consecuencias son muchas y hasta difíciles de narrar por el horror de las mismas.  

Los medios de comunicación han hecho publicaciones y han tenido espacios para explicar, mediante un lenguaje sencillo, en qué consiste todo este procedimiento que es noticia todos los días. Sin embargo, todo este esfuerzo no es suficiente, porque para llegar al mayor número posible de personas, tanto de las ciudades como de los pueblos y regiones alejadas de las capitales, y conseguir que entiendan bien las explicaciones que se les hagan, para que poco a poco se apropien de una serie de cambios que serán en poco tiempo, todos ellos encaminados a una situación distinta y positiva, es la tarea que sigue pendiente.  

Por consiguiente, nuestro llamado consiste en que debería haber grupos de personas, previamente bien entrenadas, para que cumplan la tarea de la difusión pedagógica del proceso del fast track y de los asuntos que por ese medio se regularán, de manera que la población no sea ajena a esta situación que, en definitiva, marcará una etapa importante en la vida colombiana, que todos anhelamos sea el comienzo de un proceso histórico, de grandes transformaciones sociales, culturales, políticas, económicas, y sobre todo, de esperanzas de un bienestar colectivo, que tanto necesitamos.

domingo, 7 de mayo de 2017

CURSO DE CAPACITACIÓN SOBRE ASUNTOS SINDICALES

En mi calidad de Coordinador del Comité de Legislación de la Federación Colombiana de Periodistas, FECOLPER, junto con los demás miembros de la Junta Directiva, participamos en un valioso curso de capacitación sobre asuntos sindicales, auspiciado por Comisiones Obreras -CCOO- de España, en la semana comprendida entre el 17  y el 21 de abril del presente año, en la ciudad de Madrid, España. Por la trascenencia del certamen, es importante conocer los distintos temas tratados, que fueron los siguientes:

Lunes 17 de abril:  12:00 horas: EL SINDICATO CC.OO. (Juana Olmeda, Secretaria de Formación),
- ¿Qué es Comisiones Obreras?
-¿Cómo nos organizamos en este sindicato?
-Objetivos de la acción sindical.

13:00 horas: LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA (Raúl Olmos, Secretario de Acción Sindical).
-Negociación colectiva: un derecho y una fuente de derecho.
-Articulación de la Negociación Colectiva.
-Contenidos normativos y obligaciones de un convenio.
-Protagonistas de la negociación colectiva.  
-Momentos importantes en la negociación colectiva.

Martes 18 de abril: 10:00 horas: LA FIP y SUS OFICINAS REGIONALES (Jeremey Dear, FIP.

15,30 horas: LA REPRESENTACIÓN SINDICAL (Miguel Ángel Crespo, Abogado).
-Cauces para la organización de la acción sindical.
-Los órganos de representación sindical.
-Derechos y garantías de los representantes de los trabajadores.

Miércoles 19 de abril: 10:00 horas: Reunión autónoma Junta Directiva Fecolper.

Jueves 20 de abril:10:00 horas: Ley de igualdad y Ley contra la Violencia de Género. Aproximación española. (Ana Sánchez, Secreetaria Mujer).

11:00 horas: Tratamiento sindical de la diversidad sexual y de género. (María José Marín, Secretaria Igualdad).

12:30 horas: COMUNICACIÓN SINDICAL: EXPERIENDCIA FSC-CCOO (África).

15:30 horas: EL CONFLICTO SINDICAL: LA EXPERIENCIA DE TELEMADRID
       LA ACCIÓN SINDICAL EN LA EMPRESA: EJEMPLO DEL GRUPO PRISA (experiencia sindical y acuerdo transnacional)

Viernes 21 de abril: 10:00 horas. SALUD LABORAL (Francis Cabezos, Secretario de Salud Laboral y Medioambiente).
-Ley de prevención de riesgos laborales.
-El plan de prevención.

11:00 horas: CCOO y sus relaciones internacionales (Félix Ovejero, Secretario Internacional).

Precisamente, en relación con el curso de capacitación es interesante destacacar que la FECOLPER ya formó su sindicato, como miembro de dicha Institución. En estos momentos, se realizan los trámites correspondientes a su legalización. Por consiguiente, es conveniente contar que con el sindicato se pretende sensibilizar a los empresarios de los medios de comunicación, a quienes llamamos el sujeto organizado del proceso informativo, frente al gran compromiso que tienen ante la sociedad, que es el sujeto titular universal del sujeto a la información, cuya satisfacción se lleva a cabo por medio del sujeto cualificado o competente, que es el profesional del periodismo o de las comunicaciones.

 Para hacer más claridad, tomamos parte del Capítulo I de nuestro libro: Los periodistas y el derecho a la información en Colombia, para entender el concepto de proceso informativo, que "es la forma práctica de hacer realidad la satisfacción del derecho a la información, que se compone de cinco elementos, los cuales tienen la característica de ser universales. En Colombia, están debidamente reconocidos por nuestras normas constitucionales y también los encontramos desarrollados, en forma más minuciosa, en normas legales y reglamentarias. Algunas anteriores y otras posteriores a la Carta Política de 1991. En su conjunto, constituyen la configuración de un nuevo campo del derecho que expresamos está explicado en la segunda parte de este libro.

Podemos agregar que el proceso informativo es el  vínculo  jurídico-político-comunicativo de la sociedad actual y de su futuro y constante desarrollo, que es la sociedad de la información o la sociedad del conocimiento, como lo han explicado varios autores[[1]. Es el tejido de la sociedad. Se   trata  de  una  relación  iusinformativa[2]  que  tiene  que  ser permanente. Por eso, jamás se podrán separar sus componentes(3]. Es entonces, la manera  contemporánea de vivir de toda sociedad democrática, que consiste en estar relacionada, conectada, comunicada e informada, para que, al mismo tiempo, pueda ser analítica, reflexiva, crítica, dinámica, deliberativa y participativa, y en consecuencia, pueda tomar decisiones conscientes y responsables. Por  tanto, no podrá haber  sociedad  sin  comunicación, ni comunicación sin sociedad, como lo dijo muchos años atrás, Francisco de Vitoria, a quien considera el profesor Desantes, como el precursor del Derecho de la Información, además de conocérsele como el creador del Derecho Internacional en todos sus aspectos[4]. Sus teorías nos permiten deducir que el nuevo Derecho que estamos construyendo en Colombia, que es universal en todo su contenido, por su propia naturaleza, también goza del carácter de ser internacional. Así lo ratifica nuestra propia Constitución en su artículo 93".  

En esencia, nuestra estrategia para dar a conocer el significado del sindicado, consistirá en explicar a los empresarios de los medios de comunicación que nuestro trabajo no es de enfrentamiento con ellos, sino todo lo contrario, será una relación armoniosa que se orienta a un buen entendimiento para que haya un compromiso mutuo de trabajo en pro de una sociedad colombiana bien informada, porque los sujetos cualificado y organizado han entendido el gran compromiso que tienen ante la sociedad, es que la titular del derecho fundamental a la información. Obviamente, que se contará con la presencia del Estado, pero entendida en el sentido de regular y garante del proceso informativo. 




[1] Entre los autores más autorizados en este tema, tenemos a Castells, Manuel, con las siguientes obras: La era de la información. Economía, sociedad y cultura. Vol. I. La sociedad red. Vol. II. El poder de la identidad. Vol. III. Fin del milenio, México. D. F., 2004. Y La galaxia internet. Madrid, 2001. 
[2] Expresión que traduce el nuevo campo del Derecho, y que regula el derecho a la información.
[3] Parte de este vínculo, se puede consultar en Loreti, Damián M. El derecho a la información. Relación entre medios, público y periodistas. Buenos Aires, 1997.
[4] Desantes Guanter, José María. Francisco de Vitoria, Precursor del Derecho de la Información. Madrid, 1999.