lunes, 19 de octubre de 2020


 ¿VUELVE A COLOMBIA LA CENSURA JUDICIAL?

Quienes somos defensores de la clásica libertad de expresión, constituida hoy, después de varios años de luchas permanentes en el derecho fundamental o derecho humano a la información, del cual somos titulares todas las personas, sin excepción alguna, no podemos quedarnos callados cuando en Colombia, todavía algunos jueces, a pesar de las normas constitucionales y legales, lo mismo que de la abudandante jurisprudencia y doctrina que son claras en su  protección, todavía salen fallos que van en contra de ese cúmulo de precedentes de tan grandes proporciones en defensa del citado derecho, y toman decisiones que reviven la censura.

En concreto, nos referimos al juez segundo penal del circuito de Bogotá, porque dice en su fallo, que se afectó la intimidad familiar y personal de la señora María Elena Monsalve, hermana del señor Juan Guillermo Monsalve, principal testigo en el proceso contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez. Y afirma que la violación se da porque los periodistas Vicky Dávila y Jairo Lozano dieron a conocer piezas procesales que incluían llamadas o intercepciones a la familia Monsalve. Por eso, el juez ordenó eliminar ese contenido. 

Lo primero que debemos observar, consiste en el derecho a la intimidad, que es un derecho personalísimo, que en esencia, lo tiene cada persona, y por tanto, lo reclama, solo para sí misma, no para los demás. También se entiende como el derecho a la soledad y el derecho a estar solo, sin que haya interferencias. Por ejemplo y en concreto, el derecho a la intimidad es cuando la persona está sola en su casa, en su biblioeca, en su cuarto de aseo. Claro que el derecho a la intimidad se puede compartir, como en las relaciones afectivas de pareja, que son limitadas a estas personas. Pero cuando estamos en familia, no estamos compartiendo la intimidad, que ya dijimos está limitada a cada persona, lo que estamos compartiendo es el derecho a la privacidad, que es escenario un poco más amplio, porque estamos reunidos varios parienrtes, pero cada uno conserva su intimidad. El fallo, sin embargo, no hace esa diferencia.

Ahora, en esta oportunidad, el fallo, se va contra los periodistas desconociendo que ellos no son sujetos procesales, es decir, no hacen parte del proceso, y por eso, no tienen acceso al mismo, pero ello no les impide que investiguen y hagan sus publicaciones. Por eso, se va al extremo de ordenar que no pueden utilizar las piezas del proceso, porque están sujetas a reserva. Aquí, no solo se viola el sigilo profesional, garantizado constitucionalmente, articulo 74, inciso segundo, para que el periodista investigue sin que tenga que decir cuáles son sus fuentes, sino que ellas, y específicamente, en el caso de los procesos jnudiciales en el campo penal, son las que si tienen acceso al expediente y serían las que pueden violar la reserva. No obstante, y debemos decirlo con toda franqueza, que si no fuera por la función tan trascedental de los periodistas, en nuestro medio, muchos acontecimientos y muchas investigaciones jamás se concluirían y, sobre todo, jamás se descubrirían, se denunciarían y se sancionarían a los delincuentes responsables.  

Por consiguiente, esperamos que el juez superior revoque este fallo perverso y recuerde que en Colombia, todos los periodistas y los medios de comunicación, tenemos que defender nuestros derechos porque los mismos están ligados al trabajo profesional, que realizamos en nombre, en representación y como delegados de la sociedad para que ella esté siempre bien informada. Por eso, nunca callaremos y menos permitiremos que la censura jurídica aparezca de vez en cuando. Como en esta oportunidad, contra los periodistas Vicky Dávila, directora de la revista Semana Digital y Jairo Lozano, cuya providencia ordena “que se investigue si en desarrollo de tal acto se cometió conducta punible alguna; de ser así, se identifique a los autores o partícipe de la misma”. Hasta deberíamos y dejamos planteada la propuesta de realizar un gran foro para debatir este tema, con la participación, obviamente, de la fiscalía y de los jueces, lo mismo que de periodistas, medios de comunicación, organizaciones profesionales, investigadores y la academia.