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lunes, 18 de mayo de 2020



CAMPAÑA DE SOLIDARIDAD CON “EL GRAN PRECURSOR”


Por la pandemia del coronavirus, Colombia y mucha parte del mundo entero, ha debido permanecer aislada en sus casas, para evitar el contagio que, también en algunas oportunidades ha ocasionado la muerte. Por tanto, las actividades diarias de trabajo, el desplazamiento de un lugar a otro, el comercio y las labores que, ordinariamente, se cumplen todos los días, han tenido que suspenderse con las consecuencias sociales y económicas inmediatas, inevitables y seguramente, irrecuperables y que nos ha afectado a todos. 

En el campo periodístico, los medios de comunicación, especialmente los impresos, han sufrido los rigores de esta cuarentena porque no han podido circular en forma normal como ocurría antes. Igualmente, se ha mermado en forma sustancial la pauta publicitaria porque los negocios están cerrados. Por consiguiente, están afrontando una situación económica insostenible que hasta amenaza con su extinción.

La misma situación atraviesa el periódico regional de Nariño: “El Gran Precursor” que está “Al servicio de los intereses cívicos y culturales del Suroriente Antioqueño y Oriente de Caldas”, y que en sus 17 años de vida, jamás había tenido que soportar amenazas como la actual que, en estos momentos, está poniendo en riesgo su subsistencia. Por eso, es necesario hacerle frente prontamente para evitarlo, y contar con la solidaridad de sus lectores, los anunciantes, los amigos, los coterráneos y los vecinos.

Como cofundador, colaborador, colega y lector de “El Gran Precursor”, inicio esta campaña de solidaridad, y soy el primero, en hacer un aporte que, sumado al de muchas personas, con toda certeza, será un apoyo decisivo y definitivo para que nuestro medio de comunicación que está consolidado en nuestro terruño, siga adelante.

Por consiguiente, y hablamos ya en plural, hacemos la más calurosa exhortación a todas las personas para que, con fervor y entusiasmo, se vinculen a esta campaña de solidaridad, y entre todos, contribuyamos para que esta noble causa sea todo un éxito por un propósito que es digno de apoyar.
El director de “El Gran Precursor”, periodista JOSÉ GOLIATH  PÉREZ PULGARÍN, recibirá la solidaridad en la cuenta de ahorros de Bancolombia, número 67225844752. Whatsaapp 314 821 9542. Correo electrónico: granprecursor@gmail.com

El líder de esta campaña, AZAEL CARVAJAL MARTÍNEZ, en forma anticipada expresa sus agradecimientos, y estará en forma permanente en contacto para que esta iniciativa se realice siempre con el mayor espíritu cívico.

   

martes, 24 de marzo de 2020


EL DERECHO A LA SALUD Y EL DERECHO A LA INFORMACIÓN

Con motivo del coronavirus, que está azotando al mundo entero y ha causado muertes y sigue siendo una gran y grave amenazada para la humanidad, surge al mismo tiempo, otro asunto que tiene relación con la situación que vivimos y es el relativo al derecho a la información, unido al derecho a la salud. En otras palabras, estamos ante dos derechos que se presentan en forma simultánea, no constituyen un choque o una colisión, sino que se necesitan mutuamente. 

Respecto al derecho a la salud, éste es esencial para preservar la vida y, por tanto, toda persona lo reclama y las autoridades correspondientes, lo brindan para atender a tiempo los requerimientos de quien padece algún trastorno que debe ser conocido por el médico, quien ordenará el tratamiento que sea pertinente. Y sobre el derecho a la información, también toda persona que es sometida a la atención médica, debe ser enterada de cuál es su estado de salud, lo mismo que el tratamiento que se hará para superar las dolencias.

Unidos estos dos derechos a la emergencia que vivimos desde hace unos días, los medios de comunicación están informando todos los días y a cada instante sobre el coronavirus, las personas que lo padecen, los lugares donde están, y sobre todo, acerca de las medidas que se han tomado para hacerle frente y las recomendaciones sobre el comportamiento que debemos mantener. A ese proceso es al que nos queremos hacer alusión, porque el exceso de mensajes, puede afectar las recomendaciones que hacen los profesionales para un tratamiento adecuado. Por ejemplo, sobre todo, en las redes sociales, llega muchísima información, cuya procedencia no conocemos ni tenemos la certeza de que es verdadera y útil, y en cambio, puede ocasionar daños a quienes las acojan de buena fe.

Por consiguiente, quienes difunden estos mensajes, deben ser los profesionales competentes, porque precisamente, el derecho a la información consiste en recibir de sujetos autorizados, los mensajes que requerimos para ponerlos en práctica. Y en el caso de los periodistas, éstos proceden en forma adecuada cuando entrevistan a los profesionales para que sean ellos, quienes expliquen cómo afrontar cada momento y hagan las precisiones para actuar correctamente.

Igualmente, serán las autoridades académicas y científicas, quienes recomienden las medidas que debe tomar el gobierno en esta emergencia, como acaba de suceder al decidir la cuarentena, en el período comprendido entre el viernes 20 y hasta el amanecer del martes 24 de marzo de este año, en el departamento de Antioquia, y desde el martes 24 de marzo hasta el 12 de abril de 2020, en todo el país, y que también estas autoridades ilustren a los ciudadanos sobre las medidas preventivas que deben practicar, y al mismo tiempo, escuchen el clamor y las consultas de ellos, porque son los directamente destinatarios de las medidas de urgencia, cuyo acatamiento es, además de indispensable, legal para que, con el paso de los días, se retorne, así sea, lentamente, a la vida normal, porque también somos conscientes de los enormes perjuicios que se están ocasionando, inevitablemente, sobre todo los vastos campos sociales y económicos.

 




lunes, 19 de marzo de 2018

UN NUEVO AÑO DE EL ESPECTADOR

Este jueves 22 de marzo, EL ESPECTADOR, periódico fundado en Medellín, en 1887, cumple un año más de vida, que no ha sido ni será nunca muy fácil, porque defender las libertades públicas y los derechos fundamentales relacionados con la palabra, siempre será una tarea bastante complicada, por muchísimas razones. No obstante, cada año que pasa, son muchas las satisfacciones que se acumulan en la fatiga cotidiana. Por eso, nunca se podrá claudicar frente al gran compromiso que se tiene ante la sociedad y ante el mundo, de defender los principios de la democracia liberal, que aunque no puede garantizar al máximo que todos viviremos en medio de condiciones menos desiguales, sí es posible adelantar muchas acciones en bien de mejores niveles de vida y de acceso a servicios básicos que todo ser humana necesita.

Este cumpleaños, que coincide con un proceso electoral bastante trascendental, porque el 28 de mayo tendremos la primera vuelta para la escogencia de presidente de la república. Tal acontecimiento, nos debe llamar para reflexionar con toda sinceridad qué nos espera para los próximos cuatro años, después de un gobierno que por ocho años, dirigió el país, y muchas de sus decisiones aún están pendientes de producir los resultados que todos esperamos. Por ejemplo, entre los varios asuntos que están sobre el tapete, tenemos la continuación del proceso de paz y las conversaciones con el otro grupo insurgente, ejército de liberación nacional, en el vecino país del Ecuador. 
 
El nuevo gobierno, que saldrá de los candidatos ya inscritos, debería de parte de los aspirantes, fijar posiciones en forma clara y concreta, para desde ahora, tener suficiente ilustración, de manera que tal decisión influya en los ciudadanos, porque sí necesitamos, desde ahora, conocer cuál es la postura de cada candidato y sobre la misma, tomar la determinación que se considere más adecuada.  

En fin, son muchos los asuntos que quedan pendientes. Sin embargo, para mantenernos en el motivo de celebración de un nuevo año de labores de EL ESPECTADOR, desde la perspectiva del quehacer periodístico, es el momento para que renovemos el espíritu liberal que ha orientado este medio de comunicación, que enriquece la diversidad y la pluralidad, ambas tan inseparables y tan necesarias para que podamos decir que en Colombia, seguirmos, a pesar de otras opiniones, por el sendero de un país que crece y se desarrolla y tiene planes para el inmediato y para el futuro, cuyas realizaciones comprometen a todos, porque somos todos, quienes con nuestra conducta, con nuestro trabajo y con el modesto apoyo, como contribuimos a construir un mañana mejor para la sociedad colombiana. 


lunes, 25 de septiembre de 2017




EL DERECHO A LA INFORMACIÓN EN LOS PROCESOS JUDICIALES

Llevamos varias semanas con permanentes noticias sobre procesos judiciales contra personas que son o fueron altos funcionarios de la rama judicial. Algunos ya detenidos, entre ellos, el exmagistrado y expresidente de la Corte Suprema de Justicia y exmagistrado del Consejo Superior de la Judicatura Francisco Javier Ricaurte Gómez, cuya elección fue declarada nula por el Consejo de Estado, y el exfiscal anticorrupción Luis Gustavo Moreno Ocampo. Las otras investigaciones incluyen al exmagistrado y expresidente de la Corte Suprema de Justicia, Camilo Tarquino; al exmagistrado, José Leonidas Bustos Martínez, y al magistrados Gustavo Malo Fernández, quien continúa ejerciendo, a pesar de las voces de algunos magistrados de la Corte Suprema de Justicia que le han insinuado que se aparte de sus funciones para que facilite su defensa, pero ha decidido continuar alegando su inocencia.

Las mismas investigaciones vinculan a miembros del Congreso, como a los senadores Musa Abraham Besayle Fayad, y Hernán Francisco Andrade Serrando; y al exgobernador de Córdoba Alejandro Lyons. Y podríamos ampliar la lista de otras investigaciones, pero, por el momento, ese no es nuestro propósito. Solamente pretendemos destacar, así sea un tema muy recurrente, la función tan esencial de periodistas y medios de comunicación, pero dentro de un sistema garantista como el nuestro, que ha permitido que se conozcan, aunque seguramente faltan más datos, estos casos tan graves de corrupción, que es un cáncer que afecta profundamente parte de nuestro sistema de administración de justicia. No quisiéramos pensar que en las otras áreas jurisdiccionales estén sucediendo situaciones similares, porque si ello ocurriera, sin que nos expresemos en exceso pesimistas, habría que aplicar la expresión tan socorrida y popular que dice: “apague y vámonos”.

Sin embargo nos queda el consuelo de que son muchos los otros sectores de nuestra sociedad que trabajan todos los días porque se superen muchos de los  problemas de nuestra sociedad. Están, por ejemplo, las universidades, los centros de investigación, las empresas en los distintos campos de la actividad nacional, el turismo, los trabajadores, los empresarios, los sindicalistas, la iglesia y en fin, también es una lista largo.

No obstante, debemos detenernos, valorar y reconocer que gracias a los periodistas y a los medios de comunicación, con seguridad, más temprano y continuamente, conoceremos mucho más sobre los comportamientos irregulares de los llamados delincuentes de cuello blanco, que con certeza, serán muchos. Ahora, frente a ese cúmulo de noticias tan negativas que llegarán de todo el país, debemos saber que también son muchas las acciones que se cumplen desde otras instituciones que luchan porque haya más transparencia en las gestiones, tanto del Estado, como de las empresas privadas. Por eso, pensemos que una de las formas de combatir la corrupción es por medio de las denuncias, seguidas de las investigaciones eficaces de las autoridades competentes, de manera que prontamente se conozcan resultados y se tomen medidas preventivas que evitarán nuevos actos de corrupción.

En esa tarea de investigar y contar lo que está pasando en nuestro medio, es la que nos permite a los ciudadanos están enterados de noticias, a pesar de ser tan negativas, y de esa manera, ejercer nuestro derecho a la información en los procesos judiciales.
    

domingo, 30 de julio de 2017


EL FALLO DEL TRIBUNAL DE ARBITRAMIENTO SOBRE REVERSIÓN DE ACTIVOS

Nos hallamos ante un fallo que será de mucha trascendencia jurídica en Colombia, y seguramente, con repercusiones internacionales, en el campo de las telecomunicaciones, específicamente, en lo relacionado con la telefonía móvil. En resumen, el Estado colombiano firmó unos contratos con las empresas Claro -antes Comcel- y Movistar -antes Celumóvil y Bell-South-, según los cuales, a la terminación de los mismos, debían devolver  la infraestructura que construyeron para la prestación de servicios de telefonía móvil. Luego, por las Leyes 422 de 1998 y 1341 de 2009, se estableció que en los contratos de concesión de telefonía móvil vigentes hasta esas fechas, solamente debían revertir al Estado, las frecuencias radioeléctricas asignadas. O sea, parte del espectro electromagnético.

Nuestra idea es salir en defensa del Estado, en el sentido, de que no tiene discusión alguna, de que al concluir cada contrato en el campo de las telecomunicaciones, relacionados con la telefonía móvil celular, la televisión o la radio, las frecuencias radieléctricas asignadas, son revertidas al Estado, porque como lo establece, de una manera clara y concreta el artículo 75 de la Constitución Política:"El espectro electromagnético es un bien público inenajenable e imprescriptible sujeto a la gestión y control del Estado. (...)".   De manera que jamás podrá pensarse en que en virtud de contratos de la naturaleza antes citada, los particulares se podrán quedar, para su usufructo y disposición del espacio que tenían alquilado.

Por consiguiente, si las leyes que antes citamos, dijeron lo que no era necesario que expresaran, en cuanto que a la terminación de los contratos, solamente estaban en el deber las frecuencias que utilizaron en virtud del contrato que hubieran celebrado. Significa lo anterior que toda la infraestructura construida para la prestación del servicio y que fue acordado devolvere, ahora no existe razón jurídica alguna para decir que las mencionadas leyes, excluyeron tales compromisos, porque como lo acabamos de expresar, tal disposición nunca será necesaria que quede de manera expresa en cada contrato.
 
Ahora, no podrá alegarse que hacia el futuro, el fallo del Tribunal de Arbitramento constituya faltas de garantía y de confianza para otras inversiones, poque es verdad que la empresa ganadora, como en el caso de Colombia, hizo inversiones en infraestructura, que fueron el soporte para la prestación del servicio y durante muchos años, rindieron  frutos. Por eso, sobre las mismas es necesario que con en la misma celebración del contrato, se precise quién quedará con tales bienes, que siendo sensatos, no podrá ser nadie distinto al Estado.

Ojalá este fallo, que como dijimos tendrá efectos y también repercusiones internacionales, se constituya en una decisión que aclare y precise muchas dudas hacia los años venideros, porque sabemos que las telecomunicaciones constituyen valiosos instrumentos que son indispensables en la vida diaria para el desarrollo de las actividades del mundo entero, y en nuestro caso, sobra reconocer que son esenciales para las comunicaciones permanentes.



domingo, 24 de abril de 2016


NUESTRO IDIOMA SIEMPRE HABRÁ QUE ESTUDIARLO Y HABLARLO BIEN

Con motivo del día del idioma, lo mismo que del Bibliotecólogo, persona encargada del cuidado, no solo de las bibliotecas sino de todos los nuevos y cada vez más sofisticados sistemas de conservación de mensajes, su celebración siempre deberá tener como punto de referencia, la necesidad del buen uso del idioma, que es nuestro medio de trabajo, para hablarlo y escribirlo bien, de manera que no solamente se honre su esencia sino que se enseñe acerca de su acertada utilización.
  
Esta corta reflexión, que debería ampliarse a través de conferencias y recomendaciones, es tan importante porque nos hallamos ante un mundo que quizá por la influencia de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones, existen tendencias a simplificar las palabras o recortarlas o mezclarlas con otras, cuyo resultado constituye un uso inadecuado del idioma, que como acabamos de decir, siempre deberá ser el más puro.

En el caso específico de los medios de comunicación, especialmente, de los escritos, en cuando más urgente y necesario es este llamado de atención, porque en ellos, se reproducen los textos y cuando están mal escritos, en lugar de llevar un mensaje positivo, hacen todo lo negativo, pues, causan más daño al lector, al investigador y a toda persona que se detenga en su lectura.

Ligado a lo anterior, también es fundamental, la consulta permanente a las fuentes autorizadas del idioma para aclarar cualquier duda, como es el portal de la academia de la lengua y los que tienen agencias de noticias e instituciones que velan por la pureza del idioma. Es una tarea que sigue pendiente y debería ser una actividad cotidiana. Lo mismo que la adquisición de buenos libros, tanto en la feria del libro de Bogotá, que está próxima a terminarse, como las lecturas constantes de buenos autores, porque así adquiriremos más conocimiento y enriqueceremos los que tenemos.

Precisamente, en esta materia, con motivo de los 400 años de la muerte de los símbolos del idioma: William Shakespeare y Miguel de Cervantes Saavedra, es otra ocasión para leer y releer sus obras que siguen siendo clásicas, no solo para el buen manejo del idioma, sino por la inspiración que nos proporcionan.

Por tanto, que esta semana, sea la oportunidad para insistir, tanto en el buen manejo de nuestro idioma, como en su estudio y en las buenas lecturas, como tareas cotidianas que jamás deberemos abandonar, sobre todo, los periodistas que trabajamos con a palabra todos los días.

domingo, 3 de abril de 2016



LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN TAMBIÉN TIENE LÍMITES EN FACEBOOK

Dentro del amplio campo de los debates relacionados con el ejercicio los derechos fundamentales y su choque o colisión entre los mismos, en especial, entre aquellos que hacen parte de los llamados derechos de la personalidad, entre los que podemos citar: el buen nombre, la intimidad, la privacidad, las comunicaciones personales, la figura o el retrato o la propia imagen, el libre desarrollo de la personalidad, el honor, la honra y los datos personales,  tenemos una sentencia de la Corte Constitucional que nos recuerda que la libertad de expresión también tiene sus límites en el vasto espacio de Facebook. Se trata de la Sentencia de Tutela 050 de 2016, por cual se protegieron los derechos fundamentales de la peticionaria. En concreta se trata de la acción de tutela que presentó la señora “Lucía contra Esther, con el objeto de que le fueran protegidos sus derechos fundamentales a la dignidad humana, al buen nombre y a la intimidad, los cuales estima vulnerados por haber publicado la demandada en la red social Facebook afirmaciones relacionadas con la ausencia de pago de la obligación dineraria que había contraído con esta última”.  
Los hechos, se resumen en los siguientes:

“1. Aproximadamente hace 3 años, Lucía solicitó un préstamo a Esther por un valor de 3 millones de pesos, el cual, a la fecha de presentación de la tutela, no había sido pagado.

2 2.  El 12 de diciembre de 2014, la demandada resolvió publicar en el muro de su perfil de la red social Facebook, junto con una foto de la accionante, lo siguiente: “Hace más de tres años a (Lucía) le preste (sic) una plata. Hasta el momento no se digna por pagármela (sic), me borra mensajes, no me contesta el celular, me evita a cada momento. Me vi en la obligación de ponerla en este medio para que así sea un poco más delicada y me pague. Que sepa que yo le preste (sic) la plata, no se la regale…”

33.  Sostiene el apoderado de la demandante que el día siguiente se comunicó por vía telefónica con Esther para solicitar el retiro de la publicación, argumentando que con dicho actuar se atentaba contra la honra y el buen nombre de la accionante, sumado a que contaba con otros medios idóneos para hacer efectivo el cumplimiento de la obligación.

44.  No obstante, afirma que la demandada desatendió la solicitud y hasta la fecha de presentación de la tutela, 26 de diciembre de 2014, insistía en mantener la publicación a la cual tienen acceso sus amigos, familiares y conocidos”.

 Dentro de los argumentos de la Corte Constitucional para la protección de los derechos fundamentales invocados, dijo: “De lo anterior se colige que si bien redes sociales como Facebook implican un mayor riesgo de vulnerabilidad de derechos fundamentales al buen nombre, a la intimidad y a la imagen, no quiere decir que el uso de dichas plataformas implique una cesión de tales garantías y, en consecuencia, la libre y arbitraria utilización de los datos, ya sea videos, fotos y estados, entre otras, ni tampoco la publicación de cualquier tipo de mensaje, dado que, como se ha venido reiterando, la protección y límites de la libertad de expresión por medios de alto impacto también aplican a medios virtuales”.

Estamos, pues, ante el fenómeno que se conoce como choque, colisión o conflicto entre derechos fundamentales, para lo cual es necesario hacer un juicio de debida ponderación para determinar cuál derecho tiene prelación sobre el otro. Por eso, para resolver, la reflexión esencial consiste en que: “Sin embargo, como se estableció en la parte motiva de esta sentencia, este tipo de presunción admite ser desvirtuada cuando se evidencie que en el caso concreto el otro derecho en juego cobra mayor peso. Bajo esa misma línea, la jurisprudencia de esta Corte, al igual que pronunciamientos internacionales al respecto, han sostenido que la libertad de expresión no es un derecho que carece de límites, pues, como se observó, las frases injuriosas, que denoten falta de decoro, vejaciones, insultos, expresiones desproporcionadas y humillantes que evidencien una intención dañina y ofensiva, no con un fin legítimo, sino por el contrario difamatorio, parcial, erróneo, entre otros, no son cubiertas por la protección establecida en el artículo 20 de la Constitución. Por lo tanto dicho conflicto resulta inexistente y, en estos términos, se descarta la necesidad de realizar un test de proporcionalidad, en el cual se utilice la ponderación para resolver este caso, pues no se presenta pugna legítima entre el derecho a la libertad de expresión y los alegados por la demandante.

Cabe reiterar entonces que la protección y los límites antes señalados también son aplicables a internet y a las redes sociales, en este caso Facebook, y recordar que el hecho de que la actora sea usuaria de dicha plataforma hace que sus derechos fundamentales a la intimidad, al buen nombre, a la imagen y a la honra, se encuentren en mayor riesgo de ser vulnerados”.

Esta sentencia, que enriquece la jurisprudencia en tan importante campo, nos permite pensar que, en un régimen democrático, una de cuyas características son las garantías para todos, el derecho fundamental a la libertad de expresión, siempre tiene que ser respetuoso de los derechos ajenos y, sobre todo, tener en cuenta que por los distintos medios o instrumentos adecuados para la difusión de los mensajes, siempre tienen que darse a conocer contenidos que, aunque sean de opinión o de juicios de valor, nunca podrán ser injuriosos, calumniosos o que vayan en contra de la dignidad de cualquier ser humano.