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lunes, 4 de junio de 2018

EL NUEVO PROYECTO 174 SOBRE TELEVISIÓN

Las noticias de la semana que termina tienen relación con el proyecto de ley 174 de 2017,  "Por la cual se promueve la convergencia entre la provisión de redes y servicios de telecomunicaciones y los servicios de televisión y de radiodifusión sonora, se ordena la supresión y liquidación de la autoridad nacional de televisión, se distribuyen competencias en materia de televisión y radiodifusión sonora entre las entidades del Estado, y se dictan otras disposiciones", está creando un ambiente propicio para pedir su suspensión, mientras se adelante un gran debate sobre el contenido y alcances del mismo.
Es necesario que se conozcan más las razones para la supresión de la actual Autoridad Nacional de Televisión, y la distribución de competencias en el MINTIC, en la Comisión de Comunicaciones y en la Superintendencia de Industria y Comercio. En otras palabras, falta mucha información y bastantes explicaciones y justificaciones para emprender una reforma de tan grande naturaleza, porque en materia tan delicada, no se puede improvisar.
Y, sobre todo, desde el punto de vista de recursos económicos, se escuchan voces que aseguran que la televisión pública será la gran afectada porque dejaría de recibir dineros que son necesarios para el trabajo que les corresponde realizar. Igualmente, las voces reclaman por los grandes perjuicios que vendría para la televisión regional. En fin, por tratarse de un asunto que tiene tanta relación con temas esenciales en la vida de una democracia, como es el acceso a la televisión y la prestación del servicio, tanto por el Estado, como a través de los particulares, muy estrechamente ligados con el derecho fundamental a la información, lo mismo que otros derechos alusivos a los de la personalidad: intimidad, privacidad, comunicaciones, la figura, el retrato, el habeas data, entre algunos que citamos, justifican que haya diálogos y controversia con sectores de la sociedad, como son los medios de comunicación, las universidades, los gremios, los críticos, las organizaciones profesionales, y en fin, con la mayor cobertura posible, con la seguridad que saldrán iniciativas más sensatas y más realistas para mejorar un servicio que reclama la mayor atención por parte de las autoridades.
Ojalá, pues, esta sea una oportunidad positiva, que bien aprovechada, traería grandes beneficios para todos. Además, como lo establece la misma Carta Magna, es necesaria que haya una participación cada vez más activa, sobre en materia de tanta trascendencia, para alcanzar el mayor consenso posible, y que al mismo tiempo, se escuchen y se tengan en cuenta las voces de quienes, aun estando en desacuerdo, puedan aportar mucho. 
Recordemos que nuestra televisión, creada el 13 de junio de 1954, acumula ya varios años de trabajo y una vasta experiencia que debe servir para que todos los días sea una actividad más rica en contenidos de todo orden, y al mismo tiempo, un instrumento para desarrollar programas que le permitan a la sociedad, ser más consciente de su papel, en especial, de ciudadanos activos y críticos del acontecer de nuestro medio y hagan propuestas positivas encaminadas a enriquecer el trabajo de la televisión, tanto local, como regional y nacional. 
Y precisamente, un proyecto que está en mora de iniciarse es el relativo a la cultura política, ligada a los derechos humanos, para combatir la violencia. Es urgente que cuanto antes, nuestra televisión, en todos los niveles, realice programas sobre temas de política, como una forma de entender la relación que existe entre el ciudadano y el gobernante, para que se establezca un diálogo permanente, que al mismo tiempo, tenga como un soporte para esta relación, el reconocimiento, la práctica y el respeto por los derechos humanos, empezando por la palabra, y por la vida de cada persona, que todos debemos comprometernos a  respetar, como una modesta y mínima contribución a mermar los índices de violencia que soportamos actualmente.
Por consiguiente, que las modificaciones en la televisión impliquen también cambios en el contenido de la programación para que, mediante una campaña permanente, formemos una sociedad dialogante, unidad a la autoridad, y simpre respetando los derechos humanos, Así podemos vivir, en forma pacifica, con la diferencia y sin violencia.

   



 

lunes, 13 de julio de 2015


LA 1755 ES LA ESTATUTARIA SOBRE EL DERECHO DE PETICIÓN

Pasó sin la más mínima trascendencia la Ley 1755 de 2015 -30 de junio-, cuando debió ser noticia, por ser la ley estatutaria que regula el derecho fundamental de petición. Debió ser una noticia que a todos interesa, aunque debemos hacer especial hincapié para quienes ejercemos la actividad periodística.
 
Recordemos, brevemente, que el actual Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Ley 1437 de 2011, contenía las normas sobre esta materia, pero por tratarse de un derecho fundamental, establecido en el artículo 23 de la Constitución Política, debía ser reglamentado por una norma de mayor rango, como es la ley estatutaria, cuyas disposiciones pertinentes las encontramos en los artículos 152 y 153 de la Carta Magna.
 
Como parte del trámite contempla la revisión previa por la Corte Constitucional, relativo a la exequibilidad del proyecto, ya tenemos la correspondiente sentencia, que es la C-951 del 4 de diciembre de 2014.
 
Como se trata de un tema de tanta trascendencia, su estudio debe empezar por examinar dicha sentencia, porque el contenido nos permitirá mayor ilustración y comprensión del sentido y alcance de la nueva norma. Por eso, así sea sumamente breve, destacamos algunos de los aspectos más novedosos y relacionados con el trabajo periodístico. Luego haremos lo pertinente con la Ley 1755 de 2015.
 
1. El derecho de petición ante particulares: porque son éstos, precisamente, quienes tienen la misión periodística para contarnos qué pasa en nuestro medio, con sentido de noticia. Además, también son otros particulares los que tienen en sus manos, la satisfacción de otros derechos fundamentales como la salud, la educación, el trabajo  Ante ellos, en muchas ocasiones, tendremos que utilizar el derecho de petición. Debemos prepararnos y estar muy atentos cuándo y por qué razones tendremos que hacerlo.

2. El derecho de petición ante organizaciones internacionales: Porque en Colombia trabajan muchas de ellas y están en el deber de atender nuestros requerimientos cuando sean pertinentes.

3. El derecho de petición de anónimos: será posible cuando el peticionario, por razones que lo justifiquen, debe permanecer en reserva su identidad.

4. El derecho de petición irrespetuoso: no puede tratarse de peticiones que sean irrespetuosas, oscuras o reiterativas. La administración tendrá que saber asumir su función seria en estos casos.

5. Derecho de petición prioritario: habrá cierto tipo de peticiones que tendrán trámite prioritario, por razones que tendrán su justificación. Es importante destacar el caso de los periodistas, que por la urgencia de su trabajo, requieren respuesta pronta y completa. Pero, desde luego, que no se podrá abusar de tal circunstancia.

6. El derecho de petición y la actividad periodística: tendrá especial prelación, sobre todo, para que ejercicio sea siempre libre, independiente, profesional, responsable. Aquí juega un papel preponderante el Estado, como garante.

7. El derecho de petición y la excepción de acceso a la información: habrá casos de reserva, pero con justificación, entre ella, de algunos documentos públicos. La norma general será el acceso, la reserva, la excepción, pero razonable. Por ejemplo, sobre asuntos de defensa y seguridad nacional, relaciones internacionales, trámites judiciales.

8. El derecho de petición y ciertos derechos fundamentales: la reserva en información sobre intimidad, privacidad, archivos de instituciones públicas o privadas, las historias clínicas, los datos personales, los datos sensibles.

9. El derecho de petición y operaciones financieras del Estado: crédito público, tesorería, estudios técnicos, valoración de activos, información financiera y comercial, la contratación pública, la publicidad del Estado.

10. El derecho de petición y reserva de cierta información: el secreto comercial o industrial.

11. El derecho de petición y reserva de datos genéticos y humanos: garantía de la investigación. El consentimiento expreso y libre del titular de la información.

 
 
 
 
 
 
 

martes, 28 de septiembre de 2010

La ciencia, bien comunicada

El Círculo de Periodistas y Comunicadores Sociales de Antioquia, CIPA, realizó los días jueves 23 y viernes 24 de septiembre del presente año, el Segundo Congreso Internacional de Periodismo Científico. Fue un acontecimiento de inmensa trascendencia, tanto por los conferencistas que participaron, como por los temas tratados. En esencia, todos coincidieron en la necesidad de tener periodistas y comunicadores competentes para contarle a la sociedad, en un lenguaje comprensivo, el aporte de la ciencia y su significado en la solución de tantos problemas que todos los días nos agobian.

Uno de los aspectos que tienen bastante relación con nuestro trabajo profesional es el alusivo a las telecomunicaciones. En concreto, a la necesidad de tener un satélite que facilite las comunicaciones. Al respecto, se tiene una experiencia muy positiva en la Universidad Sergio Arboleda, que ha liderado un grupo de profesores, preocupados porque somos un país que, a pesar de nuestra posición geográfica privilegiada, aún no contamos con un satélite. Recordemos que han pasado dos licitaciones, un poco recientes y en ambos casos, se han declarado desiertas porque los proponentes no cumplieron los requisitos de la convocatoria.

Las telecomunicaciones están presentes en la telefonía, la radio, la televisión, la internet y, en general, en todos los medios de comunicación, por el fenómeno que se llama convergencia, es decir, todo medio de comunicación, sea impreso, sonoro o audiovisual, tiene su edición electrónica, para mantenerse al día en la difusión del acontecer.

Todo lo anterior, tenemos que relacionarlo con la función esencial de los medios de comunicación, para difundir contenidos y entre ellos, destacar los que provienen del trabajo del científico. Por consiguiente, un debate, que fue bastante interesante en el Congreso, tuvo como punto central, el interrogante: ¿están los periodistas preparados para difundir la ciencia? Sabemos que en nuestro medio, no contamos con universidades que ofrezcan programas para formar periodistas y comunicadores, competentes para difundir la ciencia. Quienes realizan dichas actividades, lo hacen, porque en forma individual, se han capacitado. Precisamente, sobre este aspecto, se hicieron varias recomendaciones que se deben tener en cuenta.

En resumidas cuentas, la sociedad, que tiene el derecho a ser informada de los acontecimientos que, por su propio contenido, le interesan, está en la expectativa de contar con profesionales competentes que cumplan esta misión. Al mismo tiempo, los medios de comunicación deben dedicar parte del espacio, para esta difusión. Y las universidades, dar a conocer todo el acervo científico que tienen, para que finalmente, todos estemos enterados, como debe ser.