miércoles, 7 de mayo de 2014

EL DERECHO A LA INFORMACIÓN Y EL PROCESO ELECTORAL PRESENTE

Nos acercamos al domingo 25 de mayo, cuando, como está previsto en el calendario electoral colombiano, tendremos el proceso para elegir el presidente que nos debe gobernar en el período comprendido entre agosto 7 de 2014 a la misma fecha de 2018. Están confirmados los cinco candidatos con sus respectivos vicepresidentes. Sin embargo, un asunto de mucho fondo, aún no está lo suficientemente claro: ¿cuáles son las propuestas de los aspirantes y cómo se han puesto en conocimiento, no solamente de los potenciales electores, sino también de una alta cifra de jóvenes -hombres y mujeres-que, aún siendo menores de diez y ocho años, es decir, no son ciudadanos, están atentos a qué les espera en el inmediato futuro?
 
Por eso, más allá de los proyectos en asuntos tan vitales como la educación, la salud, la seguridad y las garantías de los derechos, entre los que, brevemente mencionamos, todavía consideramos que se carece de  proyectos que se concreten en pro de ese alto porcentaje de colombianos que no saben con certeza cómo les será el día de mañana. Y, además, otro aspecto de fondo consiste en que la mayoría de los mensajes de los candidatos son discursos sin propuestas claras y reales de cómo afrontar los grandes y cada vez más crecientes problema que tenemos. En otras palabras, el derecho de los colombianos a ser bien informados por los candidatos no se cumple como debería ser, es decir, con contenidos que expliquen, por ejemplo, en el caso de la educación, con qué estrategias se buscará una mayor cobertura en la primaria, en el bachillerato y en la universidad. Porque no basta con decir que se aumentan los cupos si no se precisa de dónde saldrán los recursos económicos para las grandes inversiones que se deben hacer en varios aspectos como tecnología y capacitación.
 
Y podríamos seguir citando los diferentes asuntos que a todos nos interesan, pero que carecen de propuestas que se constituyan en posibilidades para que empecemos un largo proceso de cambios y que éstos sean constantes para que los resultados, poco a poco se puedan apreciar.
 
En síntesis, estamos ante una campaña electoral que se ha caracterizado por los enfrentamientos entre los candidatos, algunos que no acuden a las citas que promueven medios de comunicación y entidades serias para que expliquen sus iniciativas y se propicie un ambiente de confrontación argumentativa que enriquezca el contenido de las propuestas.
 
 Con este panorama tan negativo, nos surgen muchos interrogantes como la relación estrecha que existe en un régimen democrático entre conocimiento, deliberación y decisión. Por eso, quién responde a la pregunta: ¿dónde está la información que necesitamos las personas, para conocer, deliberar, comparar, preguntar y alcanzar suficiente ilustración antes de tomar decisiones?


 

martes, 29 de abril de 2014

NUESTRA TELEVISIÓN Y EL DERECHO A LA INFORMACIÓN

Sobre nuestra televisión es mucho lo que se puede todavía investigar y, sobre todo, comentar desde el aspecto jurídico. Por eso, nosotros haremos referencia solamente a un aspecto que es bastante interesante y sobre el cual es también abundante y controvertido lo que se pueda afirmar. En concreto, hacemos alusión a nuestra televisión, entendida como medio de comunicación, al cual, todos los colombianos tenemos acceso por ser un servicio público a cargo del Estado y, por tanto, porque estamos ante el ejercicio de un derecho fundamental.

La televisión es un servicio público de telecomunicaciones. Los artículos 75, 76 y 77 de la Constitución Política establecen los principios básicos que la rigen. En concreto, para la difusión de todos sus mensajes, tiene como soporte el espectro electromagnético, que está sujeto a la gestión y control del Estado, quien debe garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso   para su uso, lo mismo que el pluralismo informativo y la competencia, para evitar las prácticas monopolísticas. Cambiamos la Comisión Nacional de Televisión por la actual Autoridad Nacional de Televisión para que ejecute los planes y programas del Estado en tan importante materia. Para realizar el trabajo y hacerlo de la mejor manera, tenemos varias leyes que regulan el asunto, lo mismo que fallos que precisan el alcance y los efectos de la legislación.

Ahora, las noticias nos tienen con una gran expectativa: ¿Qué va a pasar con los canales nacionales de operación privada y los cableoperadores, conocidos también como los operadores de la televisión por suscripción, o sea, de la que se paga, en cuanto a la difusión de señales libres, es decir, a las cuales tiene derecho cada persona de recibirlas sin pagar por ellas? En este caso, la diferencia consiste en pagar por este tipo de televisión.

El periódico El Tiempo del domingo 27 de abril, página 17, titula: "El culebrón por el cobro de HD". Y como subtítulo informa: "El agarrón de Caracol y RCN con los operadores de televisión por suscripción está al rojo vivo. El primer canal ya cortó su señal y el segundo anunció que lo hará si no llega a un acuerdo".

La noticia termina con este punto, que es el que nos interesa comentar: "La discusión, que debe ser resuelta por la Agencia Nacional de Televisión, que ha guardado hermetismo hasta tanto no se reúna en junta directiva, parece ser apenas el primer capítulo de una larga telenovela cargada de drama".

Y, de nuevo, El Tiempo del martes 28 de abril de 2014, en la página 1, debes saber, José Carlos García R., quien habla como el Análisis del editor, titula: "Canales vs. operadores de TV: una novela en HD". En el primer párrafo afirma: "No tiene cara de tener un final feliz la novela que armaron RCN y Caracol contra los operadores de TV por el cobro de sus señales en HD. Según su lógica, la ley no dice nada de cobrar por esa señal y los operadores pagan y cobran por unos contenidos en HD que emiten.
Primer error: esos contenidos en HD fueron creados para ese modelo, son exclusivos, pensados para invocar la compra de televidente. ¿Pagar por la mismas novelas, realities, etc, que están gratis en análogo? No creo que la gente lo haga. (...) Los operadores son grandes anunciantes de RCN y Caracol. Además, transportan en su internet fijo y móvil las novelas y los partidos de los canales, por lo cual si el Gobierno y la silenciosa ANTV no hacen respetar la Ley, esto pasará de novela a culebrón en donde el que llora es el usuario colombiano". 

Por su parte El Espectador, del lunes 28 de abril de 2014, en la página 10, trae la columna de Juan Carlos Gómez, autorizado comentarista de la televisión, con el título: "El desperdicio de la TDT". En esencia, dice que la TDT, que es la televisión digital terreste es una "tecnología de televisión abierta -a través del aire, sin utilización de cables-, permite que por un mismo canal el público pueda recibir varias señales -entre 4 y 8, dependiendo de su calidad- y ofrece una altísima pureza de sonido e imagen (higt definicition, HD).  
Los televidentes no tienen que pagar un peso por disfrutar de las señales HD, pues están libres y disponibles al público a través del aire. Solo se requiere utilizar un receptor de televisión adecuado para el efecto, lo cual tiene que ser advertido claramente al momento de la compra de un nuevo televisor". 
  
Estas cortas citas nos sirven de base para pensar en que la Autoridad Nacional de Televisión, en esta oportunidad y seguramente, en muchas otras, hacia futuro, en cumplimiento de sus funciones constitucionales y legales, tiene que salir en defensa del derecho fundamental de la sociedad a ser siempre adecuada, oportuna, completa y satisfactoriamente informada, sobre todo, cuando estamos ante un servicio público, que el Estado lo presta en forma indirecta por medio de particulares, a quienes tiene que exigirles que cumplan los mandatos contenidos en las normas jurídicas pertinentes. Confiamos en que como árbitro en esta controversia, asuma la conducta que le corresponda, de manera que no sea inferior a sus grandes responsabilidades.









domingo, 20 de abril de 2014

 
 
LA SEMANA SANTA Y LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
 

Como una experiencia más, termina la semana santa de 2014, uno de cuyos aspectos, que es muy importante, parece pasar como inadvertido, pero siempre vale la pena analizar. En concreto, nos referimos al pleno ejercicio de la libertad de expresión, desde el punto de vista de la libertad de cultos. En Colombia, tanto desde lo teórico como desde lo práctico, gozamos de la libertad, que también es un derecho, o una garantía más, para que cada persona, siendo lo suficientemente consciente, se una a una determinada creencia religiosa y practique sus principios. En el fondo, sin embargo, existe otro elemento que debe ser común a todas las corrientes religiosas, si de verdad, cada una realiza sus ritos, sin que sean obstaculizados por otros. Nos referimos al respeto por el otro, o por el diferente, siempre y cuando tal respeto se concrete en dejar que los demás actúen según su leal saber y entender religioso, porque dicha conducta también tiene otro elemento muy esencial, que consiste en no ser violento. Cuando se conjugan estos principios, podemos afirmar con toda certeza de que estamos viviendo una verdadera sociedad de las libertades públicas y privadas, porque cada persona se comporta de manera libre, respetuosa del otro, no es violento, porque la convivencia con la diferencia en estas condiciones, se constituye en una realidad que supera las utopías que todos los días predicamos en nuestra sociedad, que, además, en tales circunstancias, agrega otro elemento más, que muchos llaman hoy como la cultura política y que nosotros consideramos que es parte de un sistema democrático que, poco a poco se va consolidando.
 
En síntesis, lo que acabamos de relatar, es lo que pudimos apreciar en la semana santa, que otros denominan semana mayor, pero que en el fondo, implica tener dos días, el jueves y el viernes, como los dedicados a ceremonias que evocan momentos históricos y hoy deben tener mucha relación con la vida presente. 

 
LA HERENCIA INVALUABLE DE GABRIEL GARCÍA MÁRQUEZ


No obstante vivir la semana santa, el mundo sigue girando y los acontecimientos que se constituyen en noticias, también son muchos, en todos los niveles. El jueves 17 de abril, murió a los 87 años, Gabriel García Márquez, de quien, los medios de comunicación del mundo entero, pero especialmente, los colombianos, con ediciones extras y el abundante contenido del fin de semana, han dicho todo lo que fue su vida y han destacado los invaluables aportes de su obra literaria, que mereció el premio nobel en 1982. Nosotros, desde el campo periodístico, también estamos en el deber de reconocer que su obra es la mejor forma de enseñar a pensar, a imaginar, a escribir y a vivir con los demás. Colombia entera, está orgullosa de haber sido la cuna de un hombre que dio todo lo que pudo para que otros, o sea, la sociedad del mundo, tenga referentes sobre cómo, finalmente, debemos pasar la soledad a la vida en comunidad, pero compartiendo los beneficios de la tecnología, de la ciencia y, en general, de todos los desarrollos que sean para mejorar y dignificar la vida del ser humano y hacerla siempre, más satisfactoria. 



 

lunes, 17 de marzo de 2014


SALUDAMOS CON MUCHA SATISFACCIÓN LA TRASCENDENCIA DE LA LEY ESTATUTARIA 1712 del 6 de marzo de 2014, sobre transparencia y el derecho de acceso a la información pública en Colombia.

Con esta nueva norma, podemos afirmar que los principios tutelares de la Constitución Política de 1991, relacionados con el pleno ejercicio y las garantías de los derechos fundamentales, han sido consolidados ampliamente, y se ha dado un cambio sustancial porque ya son las autoridades, oficiosamente, las que tienen que contarle a la sociedad qué están haciendo y poner a disposición de ella, todos los documentos que contengan las acciones que están desarrollando. A la vez, ya no son los ciudadanos los que tienen que estar sometidos a los tratos, muchas veces inadecuados de quienes trabajan con el Estado, para que estén enterados y vigilen el quehacer de las autoridades y de quienes cumplen funciones delegadas para actuar en nombre de la Administración Pública.

Vale la pena, entonces, estar muy atentos a los cursos de capacitación que se deben organizar desde el nivel nacional, pasando por las regiones y las localidades para que todo el mundo conozca en detalle el contenido de la ley y esté ilustrado, asimismo, cuándo y por qué razones la puede invocar para que no sea letra muerta, sino, todo lo contrario: un instrumento que acerque al ciudadano a la autoridad y que ésta, a su vez, esté atenta y responda a los requerimientos, y que los efectos sociales, culturales, políticos y hasta económicos, sean cada vez más positivos, para que los principios de participación democrática también contribuyan a dar pasos agigantados en la transformación de nuestro país.

Por el momento, vamos a destacar los aspectos de mayor importancia, para luego, detenernos más en el sentido, el alcance y la relación de esta ley con otras disposiciones que regulan materias similares. Igualmente, la sentencia de constitucional, que fue la revisión del entonces proyecto de ley, que es la C-274 de 2013, también justifica unos comentarios porque ellos enriquecen el espíritu de la Ley 1712 de 2014 y nos proporcionan elementos de comprensión de una disposición que va a tener grandes efectos en Colombia.

1. Objeto. Regular el derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para el ejercicio y garantía del derecho y las excepciones a la publicidad de información. Comparamos con los artículos 20, 23 y 74, inciso primero de la Constitución.

2. Principios rectores. Podemos citar: de máxima publicidad universal, transparencia, buena fe, facilitación, no discriminación, gratuidad, celeridad, eficacia, calidad de la información, divulgación proactiva de la información y responsabilidad en el uso de la información. Comparar con los artículos 83, 122,123 y 209 de la Constitución.

3. Concepto del derecho de acceso a la información pública y ámbito de aplicación. Para mayor profundidad, podemos consultar los artículos 1, 2, 4, 15, 18, 19, 20, 21, 107, 109, 113 y todo su contenido, que es la estructura del Estado.

4. Programa de Gestión Documental, Archivos y Sistemas de Información. Para asegurar la conservación de la documentación, adecuadamente sistematizada y facilitar su consulta.

5. Excepciones a la Información. Cuando se trata de información que puede causar daño a derechos fundamentales y secretos comerciales, industriales y profesionales, o que tengan conexidad con las normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.

5. Información exceptuada por daño a los intereses públicos. Son disposiciones reconocidas y aceptadas internacionalmente como tales, por su alto riego. Tenemos:

a) La defensa y seguridad nacional.
b) La seguridad pública.
c) Las relaciones internacionales.
d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso.
e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales.
f) La administración efectiva de la justicia.
g) Los derechos de la infancia y la adolescencia.
h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país.
i) La salud pública.

6. El Gran Garante del Derecho de Acceso. Le corresponde al Ministerio Público o Procuraduría General de la Nación. Podemos complementar con los artículos 275 y siguientes de la Constitución.

7. Política Pública de acceso a la información. Es el artículo 32 de la Ley, que dice: El diseño, promoción e implementación de la política pública de acceso a la información pública, estará a cargo de la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República, el Ministerio de Tecnología de la Información y Comunicaciones, el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), el Departamento Nacional de Planeación (DNP), el Archivo General de la Nación y el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE).

8. Vigencia y derogatoria. Es el artículo 33 de la Ley. La presente ley rige a los seis (6) meses de la fecha de su promulgación para todos los sujetos obligados del orden nacional. Para los entes territoriales la ley entrará en vigencia un año después de su promulgación. La presente ley deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.





domingo, 9 de marzo de 2014


TERMINÓ EL MES DE CELEBRACIONES PERIODÍSTCAS

Desde antes del 9 de febrero hasta el 28 del mismo mes, se realizaron diversos actos, desde los académicos hasta los culturales y los recreativos para celebrar el Día Tradicional del Periodista, el 9 de febrero, que no el día según la Ley 1061 de 2006, que es el 4 de agosto de cada año, en honor al Precursor de la Independencia, Antonio Nariño, traductor y difusor de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, esa gran proclama de la revolución francesa.


De tan importante acontecimiento, nos quedan dos ideas fundamentales: tener la ley estatutaria que regule el ejercicio al derecho fundamental a la liberta de expresión y la ley ordinaria que reglamente el ejercicio del periodismo. Por eso, en forma breve, vamos a comentar y proponer sus contenidos:

I. LEY ESTATUTARIA QUE REGULE EL EJERCICIO DEL DERECHO FUNDAMENTAL A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

La norma pertinente la encontramos en el artículo 152 de la Constitución Política que dice: "Mediante leyes estatutarias, el Congreso de la República egulará las siguientes materias:

a) Derechos y deberes fundamentales de las personas y los procedimientos y los recursos para su protección;
b) Administración de justicia.
c) Organización y régimen de los partidos y movimientos políticos; estatuto de la oposición y funciones electorales;
d) Instituciones y mecanismos de participación ciudadana;
e) Estados de excepción;
f. Adicionado. Acto legislativo 02 de 1994, art. 4. La igualdad electoral entre los candidatos a la Presidencia de la República, que reúnan los requisitos que determine la ley.
Parágrafo transitorio. (...)".


COMENTARIO: La esencia de la futura ley estatutaria debe desarrollar los elementos relacionados con el proceso informativo, que hoy conocemos como la sociedad de la información, la sociedad del diálogo y debate permanentes y, en general, la sociedad comunicativa y democrática, pero no violenta. En esencia, significa que todos participamos activa y positivamente, mediante el uso de la palabra, bien argumentada en los procesos de discusión en nuestro entorno social.

Los cinco elementos, que están ampliamente desarrollados en el capítulo I, que se llama, precisamente: El Proceso Informativo, en nuestro libro Los Periodistas y el Derecho a la Información son: Los sujetos: universal, que es todo el mundo; el cualificado, que es el profesional; y el organizado, que es la empresa periodística; los derechos o las garantías, que son investigar, difundir y recibir; los mensajes, que son: de noticias o informativo; de ideas o ideológico; de juicios o valores; y otros mensajes, entre ellos, el gráfico, el humorístico y el publicitario, y los que surjan hacia adelante; los distintos medios de comunicación, que son: el impreso o escrito, el sonoro, el audiovisual, las agencias de noticias, y los que surjan; y por último, el Estado, que es el instrumento garantista, con las garantías normativas, institucionales y las audiovisuales. Es un tema un poco amplio que amerita profundizarse más. Por eso, como el propósito es una corta referencia, reiteramos la invitación para ampliarlo en la obra citada.

II. PROYECTO DE LEY PARA REGLAMENTAR EL EJERCICIO DEL PERIODISMO

Esta propuesta, para que atienda varios fallos de la Corte Constitucional, la proponemos con este corto texto:


EL CONGRESO DE COLOMBIA,

DECRETA:

Artículo 1º. El periodismo es una profesión cuya labor es la concreción de una de las formas del ejercicio del derecho fundamental a la información, consagrado en el artículo 20 de la Constitución Política.

Artículo 2º. El ejercicio del periodismo gozará de protección del Estado para garantizar su libertad e independencia profesional, como lo ordena el artículo 73 de la Carta Magna.

Artículo 3º. En su ejercicio se emplearán los distintos géneros periodísticos y los recursos que ofrece la gramática, la literatura y la semántica, para lograr la comprensión de los distintos mensajes que se transmiten por los medios de comunicación a la sociedad.

Artículo 4º. El periodismo tiene como misión fundamental, que se constituye a la vez en su deber, la de mantener informada a la sociedad de los acontecimientos de trascendencia local, regional e internacional, como la forma de satisfacerle su derecho a la información.

Artículo 5º. El ejercicio del periodismo exige cualidades especiales para que la sociedad tenga plena certeza de que quien lo realiza es una persona competente académica, jurídica, social y éticamente

Artículo 6º. El ejercicio del periodismo demanda estudio y capacitación permanentes para estar al día en una tarea que significa la delegación de la sociedad de un derecho suyo en quien asume la misión como un deber y del cual tiene que responder ante los demás.

Artículo 7º. Quien se anuncia y ejerce como periodista, se entiende que reúne los requisitos de idoneidad antes mencionados para que pueda responder por la tarea que la sociedad le ha encomendado.

Artículo 8. El periodista está en el deber de atender y responder en forma oportuna y completa, los reclamos que le formulen.


Artículo 9º. El régimen laboral del periodista será especial, por tratarse de ejercer una profesión de alto riesgo. Por tanto, la edad de jubilación será a los 55 años, con mínimo, 20 años de servicio. El porcentaje de su jubilación será el ochenta y cinco por ciento (85%) del porcentaje que resulte de sumar las doce mesadas salariales, las primas, las bonificaciones y los demás ingresos que reciba, sin importar su denominación, durante el último año de servicio.
Artículo 10. Para el ejercicio del periodismo, se goza de las garantías constitucionales y legales vigentes, entre ellas, el derecho de acceso a la información, el sigilo profesional, la prelación en la atención a sus derechos de petición y un régimen de salud amplio por los riegos que, eventualmente, tiene que afrontar.
Artículo 11. Se establecen en la presente ley, las siguientes normas para ofrecer la mejor atención al periodista, por el alto riesgo y los peligros de su profesión:

1. Régimen de salud con amplia cobertura, para que incluya las enfermedades profesionales originadas en el trabajo, las cuales tendrán un tratamiento prioritario.

2. Cotización para la salud, del cuatro por ciento (4%) a cargo del periodista, y del doce por ciento (12%) del empleador.

3. Cotización para la pensión de jubilación, del cuatro por ciento (4%) a cargo del periodista, y del catorce por ciento (14%) del empleador.


NO CONSIDERO DE RECIBO, CONSTITUIR UN ORGANISMO AL ESTILO DE COLEGIOS PROFESIONALES, PORQUE DEBEN SER LAS MISMAS AGREMIACIONES, LAS QUE PROMUEVAN EL DERECHO DE ASOCIACIÓN.


COMENTARIO: Esta propuesta está sujeta, pero además, es necesario contar con el aporte de los colegas.

domingo, 26 de enero de 2014


FALTA LA HISTORIA DEL PERIODISMO HUMORÍSTICO DE COLOMBIA

En el amplio campo del periodismo colombiano, son muchos los temas importantes que están por investigarse. A mero título ilustrativo, podemos mencionar los relacionados con la educación, la salud, la política, la historia, la economía, la fotografía, la violencia y el humor. Precisamente, sobre el humor, queremos destacar la información que nos trae el periódico El Espectador del sábado 25 de enero de 2014, en las páginas 28 y 29, que dice:

"En el Museo de Arte de Pereira
CAN, ´EL FUETE´ y UNA CULTURA DEL HUMOR
Néstor Cardona Arcila, Can, fundado de este particular periódico que, a la sombra del humor, se convirtió en un reflejo de la sociedad pereirana"

Antes de escribir nuestro comentario, podemos destacar esta cita, que nos sirve de fundamento:

"(...) Considerado ´toda una institución del humor en Colombia´ por plumas de la categoría de Daniel Samper Pizano y Humberto Martínez Salcedo, Can fue homenajeado en vida por reconocidos caricaturistas como Grosso, Yayo, Linares, Calarcá y Vladdo, todos surgidos en la década de 1980. Para otros caricaturistas que surgirían después, como Matador y Mheo, El Fuete fue su cartilla de lectura. Ellos, criados también ´a punta de fuete´ a la sombra de los mangos de la plaza de Bolívar, pueden presumir de que nacieron en El Fuete y hoy sus dibujos alegran las páginas de los grandes rotativos nacionales.
Can fue todo un personajes y El Fuete su máxima obra. El semanario de un octavo empezó a editarse letra por letra en tipografía, después pasó a imprimirse en el sistema caliente del linotipo y luego en edición litográfica. Hace algunos años la publicación pasó a ser mensual y ahora circula ocasionalmente. Es lo que se llama un ´cadapuedario´, bajo la dirección de Fabio Alonso, el último de sus vástagos.
Para la historia del periodismo humorístico de Colombia, El Fuete y Can se yerguen como íconos".

El humor, tanto en los medios impresos como en los sonoros y los audiovisuales ha constituido un valiosísimo aporte para entender y analizar, con más detenimiento, nuestra historia, o mejor, nuestra convulsionada historia, desde antes de la independencia, durante todo este proceso y los años siguientes, hasta nuestro días, con todas las grandes implicaciones que ha tenido en nuestras generaciones, y con las consecuencias que seguimos viviendo en la actualidad.

Por eso, las facultades y escuelas de periodismo, deberían tener, entre los asuntos pendientes pero urgentes, una vasta campaña para que se realicen investigaciones que nos permitan mayor luz sobre los acontecimientos que han dejado huella en toda la república, lo mismo que en las regiones. Asimismo, las empresas periodísticas harían una gran contribución si ayudaran a financiar estas investigaciones, porque los grandes medios de comunicación, que han tenido grandes transformaciones, también, con su orientación y todo su contenido, tienen mucha parte como actores de nuestro discurrir y de los sucesos originados en sus expresiones ideológicas.

En nuestro caso particular, recordamos el periódico El Bateo, cuya colección se conserva, indizada cronológicamente, en la Sala de Prensa de la Universidad de Antioquia. De su contenido, destacamos los años 1929 y 1930, luego de la caída de la hegemonía conservadora, cuyos versos eran una verdadera sátira a la caída del poder y la influencia de la iglesia católica en dicha situación. Por eso, con todo burlesco decía que a Monseñor Perdomo, lo llamaban, como consecuencia de la derrota conservadora en las urnas como "Monseñor Perdimos".

En el caso de la radio, por los años 1969 y 1970, recordamos el programa que se transmitía en Radio Santa Fe de Bogotá, que se llamaba El Pereque, cuya lema, en cuanto nos ayuda la memoria, decía: para que vivamos más, no molestemos y hagamos la paz, con la dirección de Sofonías Rentería. Tal vez estaba en la redacción Humberto Martínez Salcedo.




lunes, 6 de enero de 2014


FIN DE 2013 E INICIO DE 2014: SALUDES PARA TODOS NUESTROS LECTORES


Terminamos el año 2013 con muchas actividades en el campo profesional e iniciamos el 2014, con grandes compromisos y propósitos. En seguida, haremos referencia a cada uno y un breve resumen. Además, nos comprometemos a trabajar todos los días para cumplirlos porque será un año de intensa actividad, pero con especial énfasis para los periodistas y medios de comunicación.

ENCUENTRO NACIONAL DE REPARACIÓN COLECTIVA A PERIODISTAS


Organizado por el Comité de Impulso, que está constituido por periodistas víctimas o de sus familiares, de representantes de agremiaciones periodísticas y periodistas, como parte de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, dependencia creada por la Ley 1148 de 2011, por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones, se realizó en la ciudad de Medellín este Encuentro Nacional, durante los días 29 y 30 de noviembre de 2013. En nuestro caso particular, hacemos parte del Comité de Impulso, como vocero del Círculo de Periodistas y Comunicadores Sociales de Antioquia, CIPA. Toda la información completa sobre este proceso, está a disposición en la página web de la Unidad, que tiene esta dirección: www.unidadvictimas.gov.co

Entre las decisiones más importantes para 2014 están los encuentros regionales, cuya tarea estará a cargo del Comité de Impulso y del miembro del Comité que representará a cada región. En nuestro caso, los haremos por el departamento de San Andrés y Providencia.

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE LA FEDERACIÓN COLOMBIANA DE PERIODISTAS, FECOLPER


En la ciudad de Cali, los días 13, 14 y 15 de diciembre de 2013, se llevó a cabo la asamblea ordinaria de la Federación Colombiana de Periodistas. Hubo reforma de estatutos para actualizarlos y dar más proyección a nuestra organización. Fue reelegida, como presidenta, la periodista Adriana Hurtado, quien presentó un balance muy positivo de su gestión. Por parte del CIPA fuimos cuatro delegados: Iván de J. Guzmán, John Fernando Sandoval, Nicolás González Ruz y Azael Carvajal Martínez. A nuestra Institución se le asignó, como parte de la nueva Junta Directiva, con Azael Carvajal Martínez y John Fernando Sandoval, la responsabilidad de la mesa sobre legislación. Por eso, el gran reto es lograr una ley estatutaria que regule el derecho fundamental a la información, y a partir de ella, las leyes instrumentales para su desarrollo, entre ellas, la ley del periodista.


ÚLTIMA SESIÓN DEL COMITÉ DE IMPUSO


Con la participación de la doctora PAULA GAVIRIA BETANCUR, Directora de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas se realizó en Bogotá, los días 20 y 21 de diciembre de 2013, la última reunón del Comité de Impulso en 2013. En la sesión del 20 de diciembre, se hizo la evaluación de la gestión del Comité de Impulso y de la Secretaría Técnica, que fue creada para la concreción de tareas. También se conoció el desarrollo de la fase que se llama registro de las víctimas, del acto que tuvo lugar el 8 de febrero, que reunió a periodistas de todo el país, con la participación del presidente, Juan Manuel Santos y de la doctora Gaviria Betancur, certamen que se refirió a los periodistas, en cuanto daño, memoria y reparación. Y en la reunión del sábado 21 de diciembre, se enteró a la doctora Gaviria Betancur sobre los logros y los asuntos pendientes de la Unidad. Fue importante el compromiso de hacer efectiva la reparación individual a periodistas durante el primer trimestre de 2014.