martes, 12 de marzo de 2013


EL DERECHO A LA INFORMACIÓN FRENTE A LA SALUD DE LOS GOBERNANTES, A PROPÓSITO DE LA MURTE DEL PRESIDENTE CHAVES


Esta es la segunda ocasión en que nos referimos a este tema, que siempre será de mucha trascendencia en los sistemas políticos clásicos, que hunden sus raíces en la democracia liberal, comparados con los sistemas totalitarios. Para empezar, debemos recordar que en nuestras democracias, una de sus reglas esenciales consiste en la publicidad de todos los actos de los gobernantes con muy pocas excepciones, debidamente justificadas y aceptadas universalmente. En sentido contrario, en los regímenes autoritarios, la norma general es el secretismo y podría decirse que, en sentido contrario, la publicidad del quehacer del gobernante es la excepción.

Ahora, al comparar la publicidad con el secretismo, en el caso concreto de un asunto tan delicado de los gobernantes, como es su estado de salud, es cuando podemos analizar las grandes diferencias que se aprecian de una manera categórica y con grandes repercusiones en sus respectivos países.

Al concretar el examen a la situación del presidente venezolano, Hugo Rafael Chaves Frías, podemos afirmar que no nos queda la menor duda de que solamente en un sistema democrático, por más fallas y defectos que pueda tener y que se son susceptibles de corregirse, es donde es posible que la sociedad entera, tenga la posibilidad de ejercer su derecho a saber la verdad sobre las enfermedades, los tratamientos, las incapacidades, el período de recuperación y, si se llega al extremo, de conocer la muerte de su gobernante, pero jamás, que pasen los días, las semanas y los meses sin que se tenga certeza de lo que está ocurriendo con el respectivo mandatario, quien, además, en forma regular debe estarse comunicando con su comunidad, valga la redundancia.

Porque en una democracia y, específicamente, en relación con la salud de los gobernantes, ésta debe ser de publicidad permanente. Porque, como es apenas natural y normal, en estos sistemas de gobierno, deben existir siempre, entre la autoridad y la sociedad, muchos espacios para dialogar, para informar, para deliberar, para que haya visibilidad del gobernante, porque éste, debe, todos los días, contar qué actividades tiene programas, los lugares de desplazamiento y el quehacer en cada uno de ellos. Lo mismo que de las visitas que recibe, de los documentos que firma, de los proyectos que tiene en estudio, de las relaciones con otras dependencias del Estado y con otras naciones. En otras palabras, es estar en un país, donde se satisfaga de verdad, el derecho fundamental a la información.

Y, cuando no es posible el ejercicio de tan importante derecho, porque los gobernantes callan constantemente, mienten siempre, ocultan la verdad y la tergiversan, entonces, tendremos que decir que, infortunadamente, un régimen, con estas características, tiene que ser denunciado por quienes seguimos fieles a la utopía del derecho, como forma de proclamar y garantizar la convivencia en una sociedad que se precie de ser auténticamente democrática. Por fortuna, en Colombia, a pesar de las dificultades que vivimos, podemos gritar y con mucha fuerza, que vivimos un proceso de construcción permanente de una anhelada democracia, que tendrá que extenderse a todos los campos, con énfasis en lo social, lo económico, lo político, lo lingüísticos y lo jurídico. Creemos no estar equivocados.



















lunes, 18 de febrero de 2013

LAS LIBERACIONES DE POLICÍAS Y SOLDADOS NO PUEDEN SEGUIR SIENDO "ESPECTÁCULOS". NUEVA LLAMADA DE ATENCIÓN

El aplazamiento de la liberación de los policías secuestrados por la guerrilla, justificada en el exceso de presencia de medios de comunicación, no puede ser una razón más para que sigamos propiciando el espectáculo. Sobre todo, en los actuales momentos, cuando se dialoga en la búsqueda de acuerdos para la anhelada y esquiva paz, que tanto añoramos en Colombia.

No tenemos que agregar palabras para reiterar el papel siempre tan trascendental de los medios de comunicación, sobre todo en nuestro país, que necesita de ellos para conocer la verdad de tantos acontecimientos que tienen impacto en la vida de los colombianos. Y, cuando se trata de acontecimientos ligados al orden público, tampoco es indispensable recalcar que ellos tienen el deber de estar atentos y presentes para poder contar qué es lo que ocurre, a pesar de lo grave y doloroso que sean los hechos.

Pero pensar que ellos, por cumplir su misión, sean los que generan los espectáculos, significaría imputarles una conducta que riñe con su deber. Por eso, y así seamos cansones y hasta un poco solitarios en lo que afirmemos, requerimos y llamamos la atención de la otra parte, de la que genera la noticia, para que asuma su papel como debe ser: con seriedad, con sinceridad, y cumplimiendo su compromiso o su convocatoria, porque al conocerse con anticipación lo que se avecina, es necesario que se mantenga la palabra y no haya excusa y disculpa de última hora, para no cumplirla.

Porque, así también seamos reiterativos, los medios de comunicación, como delegatarios de la sociedad, tienen que trabjar para que ella pueda satisfacer el derecho a la información. Y si quienes hacen parte de los acontecimientos que, por su importancia, son noticias, jamás deben tener conductas que riñan con este derecho. Al contrario, deben cumplir sus compromisos, salvo casos muy excepcionales, para que finalmente, tengamos la noticia que estábamos esperando.
  

lunes, 4 de febrero de 2013

TUVIMOS RAZÓN FRENTE A LA ACCIÓN DE TUTELA POR OPERACIÓN E

NO CREEEMOS QUE LA REVOQUE EL JUEZ, EN CASO DE IMPUGNACIÓN

Lo primero que debemos hacer es corregir, porque la semana pasada escribimos OPERACIÓN D, en lugar de OPERACIÓN E. Después de esta aclaración, bien vale la pena detenernos un poco, aunque sin conocer el fallo, sí para una beve reflexión sobre la trascendencia de la teoría sobre un juicio de debida ponderación para resolver los casos de choques, o colisiones, o enfrentamientos entre dos o más derechos fundamentales.

En los sistemas democráticos, una de sus características en el constante ejercicio de la deliberación entre las personas. Es como estar en una plaza, lugar a donde se concurre libremente, y cada uno tiene un punto de vista para expresarlo frente a los demás. Lo normal es la coincidencia entre algunos argumentos, como también la divergencia con otros. De esa manera, se forma el pluralismo, que significa varias posturas en un sentido, y otras posturas diferentes. En otras palabras, podemos compartir algunas opiniones y distanciarnos de otras, pero siempre, porque tenemos razones para sostener determinadas posiciones. ¿Podrá haber alguna unanimidad?  Claro que tiene que haberla. Por ejemplo, que, a pesar de tener posiciones diversas, éstas se expresen con argumentos, no con violencia ni verbal ni física. Que para dialogar habrá que respetar reglas de convivencia, convenidas previamente.

De esa manera, pasamos al terreno de los derechos humanos y para el caso que nos ocupa, nos referimos al amplio derecho a la libertad de palabra o de expresión. Nuestra misma Constitución Política consagra que para su ejercicio, no tenemos ni habrá censura. Pero vienen los peros. ¿Qué pasa cuando al ejercer mi derecho a la palabra, puedo chocar con otro derecho también fundamental? Sobre todo, los derechos de la personalidad, como, por ejemplo: la intimidad, la privacidad, el buen nombre, el habeas data, la propia imagen o figura, el libre desarrollo de la personalidad y las comunicaciones personas.

Después de muchas elucubraciones, los grandes aportes de los alemanes, en materia de solución a esta problemátida, han llegado a otros país. Por ejemplo, a España, a Italia ...y a Colombia. Nuestra Carta Magna se nutre, se inspira y ... traslada textos completos de aquellas Constituciones a la nuestra.

Todo ese gran bagaje, entonces, tiene efectos en la solución de nuestros conflictos. Por eso, en esta oportunidad, los argumentos en defensa de los derechos fundamentales del menor, que se violarían en la exhibición de la película, chocaban con los derechos de los demás, de conocer, de apreciar en pantalla, una historia reciente, bien recreada, que narra parte de la situación compleja que se vive en Colombia.

Ante este choque, la pregunta por resolver es, realmente, ¿quién es el más afectado, el niño o los demás, las otras personas, el público, los ciudadanos?  No tenemos la menor duda que los más afectados seríamos todos los demás. Allí radica el meollo del asunto.






lunes, 28 de enero de 2013


DOS NOTICIAS QUE SON DE NUESTRO INTERÉS: INEXEQUIBILIDAD DE LA LEY 1520 DE 2012 Y ACCIÓN DE TUTELA CONTRA LA EXHIBICIÓN DE LA PELÍCULA OPERACIÓN D.



Por la Ley 1520 de 2012, se implementan compromisos adquiridos por virtud del "Acuerdo de Promoción Comercial", suscrito entre la república de Colombia y los Estados Unidos de América y su "protocolo modificatorio, en el marco de la política de comercio exterior e integración económica". En palabras más sencillas y concretas, se trata de reformas a las Leyes 23 de 1982, sobre derechos de autor y las correspondientes al Código Penal, que también tiene reformas y es el complemento de la parte sancionadora. Era una norma que hacía parte de los compromisos de Colombia para la aplicación del tratado de libre comercio con los Estados Unidos.

En esencia, se trataba de una norma que trasladaba la regulación del tema sobre los derechos de autor a los medios electrónicos, o las llamadas tecnologías de la información y las comunicaciones. Por eso, disponía que "no se permite la retransmisión a través de Internet de señales de televisión, sean terrestres, por cable o por satélite, sin la autorización del titular o titulares del derecho del contenido de la señal y, si es del caso, de la señal". Estábamos ante disposiciones que, con toda certeza, tendrían muchas dificultades para hacerlas efectivas en nuestro país. Podríamos profundizar un poco más, pero en síntesis, fue una propuesta que tuvo poco estudio por parte de las partes interesadas en la misma, como son los propios autores, las instituciones universitarias, las agremiaciones de escritores y las autoridades competentes como la Unidad Especial del Derecho de Autor, por citar algunos ejemplos. Fue promovida por el entonces ministro Germán Vargas Lleras. Por eso, en su "honor", se la llamó "La Ley Lleras". Sin embargo, no tuvo el debate que merece una materia de tanta trascendencia, porque en su contenido, van temas que hacen parte de los derechos fundamentales, en concreto, el gran derecho a la libertad de expresión y sus distintas manifestaciones. Por consiguiente, no se podía legislar a la carrera.

El fallo de inexequibilidad, que es más de forma que de fondo, amerita replantear el asunto y, desde esta columna, convocamos a una gran deliberación, que podrían liderar las universidades y sus centros especializados, lo mismo que las organizaciones especializadas, los medios de comunicación, los investigadores y podríamos sumar más personas e instituciones. Sería la única manera de hacer eficaz y real los mandatos de la Carta Constitucional, para lograr una inmensa participación y una discusión seria y bien fundamentada que termine, como debe ser, como un buen proyecto de ley, que recoja lo esencial de los debates para que tengamos una ley que de verdad, satisfaga, adecuadamete, las expectativas de todos, que son las legitimas; y al mismo tiempo, enriquecerlo con quienes estén autorizados intelectualmente para hacer los mejores aportes. De lo contrario, seguiremos con leyes de poca trascendencia.

Y, en relación con la acción de tutela de la señora Clara Rojas, para impedir que se exhiba en Colombia la película Operación D, que tiene que ver con su hijo Emmanuel, nacido en su secuestro y los acontecimientos siguientes hasta cuando se dan las condiciones para que las autoriades lo rescaten, plantea el complejo asunto que llamamos de colisión o choque de derechos fundamentales. En concreto, ambas partes tienen sus razones bien sólidas, pero una tendrá que ceder ante la otra. Por consiguiente, estamos ante un caso de los que llaman difíciles o problemáticos de resolver.

No obstante, con la aplicación de la fórmula de un juicio de debida ponderación, llegaremos a definir, en esta oportunidad, cuál derecho fundamental debe prevalecer sobre el otro, en concreto, si los derechos del menor a sus intimidad, a su libre desarrollo de la personalidad y a su propia imagen, o si el derecho del público para ejercer el derecho al libre acceso a la película, que es el libre acceso a la información. No permtir que se exhiba al público, es un tipo acto de censura que, por fortuna está prohibido por la Carta Magna. Por ello, nos anticipamos a sostener que, en esta ocasión, primará el derecho del público para ver la película.






domingo, 20 de enero de 2013


¿ POR QUÉ DEBEMOS CONOCER LAS ACTAS DE LA COMISIÓN ASESORA DE
RELACIONES INTERNACIONALES?

Estamos ante un debate bastante interesante, sobre el cual habrá dos posiciones, claramente distintas. La primera, consiste en que se deben conocer las actas de dicha comisión. La segunda, que no está de acuerdo con su conocimiento porque se generarían reclamos de responsabilidad por las posiciones de las personas en las conversaciones y en las recomendaciones de la comisión. Cada una tiene sus fundamentos, inspirados en distintas teorías, todas relacionadas con los documentos reservados de un Estado. Aunque no podemos negar que algunos documentos, que son la excepción y, además, admitida esta excepción en los Estados de Derecho, que tienen sus explicaciones y sus lógicas, es admisible y razonable que exista la regla que ordene, por un tiempo, también razonable, la permanencia del documento en secreto, plazo que no debe ser demasiado largo. Porque la norma general es la publicidad de los documentos.

Sin embargo, nuestra posición arranca de varios principios. El primero se refiere al derecho de acceso público a los documentos del Estado, cuando éstos contienen materias que son de interés general para la población. En el caso concreto, de las relaciones exteriores, salvo pocos casos, que aún no no atrevemos a decir cuáles serían, no habría justificación alguna para impedir que las deliberaciones de la comisión que, en esencia, consisten en meras recomendaciones, no puedan ser de conocimiento público. ¿Por qué el ciudadano no puede enterarse de la manera como se insinúa el manejo de las relaciones con los demás Estados? ¿O, cuáles son las razoznes para ese secreto? En principio, no encontramos argumentos para impedir ese conocimiento público, que genera más debate, más opinión, más riqueza argumentativa.

El segundo principio tiene que ver con la sociedad de la información, con la sociedad del conocimiento, con la sociedad abierta a conocer más, con la sociedad de la deliberación, con la sociedad del pluralismo, con la sociedad de la diversidad, con la sociedad que dialoga todos los días, sobre los distintos asuntos de importancia colectiva. Todo lo anterior, conduce a la sociedad activa, a la sociedad de la participación. Las democracias liberales, desde las más rancias, siempre deben defender el conocimiento, hoy convertido en información, para poder hablar con los demás, pero teniendo bases para hacerlo. Una sociedad que no tiene posibilidades de investigar, de cuestionar lo que sucede en el medio, de enterarse de las actuaciones de las autoridades y de los particulares, cuando éstos tienen a su cargo, asuntos públicos, será una sociedad pasiva, desinformada, muda, porque no tiene fundamentos par dialogar.

En resumen, las actas de la comisión asesora de relaciones internacionalaes sobre las recomendaciones que se hicieron frente a la demanda de Nicaragua contra Colombia ante la Corte Internacional de Justicia, deben ser de conocimiento público, para que todos los colombianos estemos en capacidad de saber qué dijeron los expresidentes y quienes más participaron en sus deliberaciones. Y, a partir de dicho conocimiento, tener una gran conversación nacional sobre su contenido. En ese papel, han de jugar una tarea trascendental los periodistas y los medios de comunicación.




domingo, 13 de enero de 2013

AÑO 2013: ¿CUMPLIREMOS LOS RETOS PENDIENTES Y HAREMOS MÁS ?

El inicio de cada año, como vieja costumbre, es el momento para pensar en que dejamos muchos compromisos pendientes de realizar, por distintas razones. No se trata, ahora, de justificar lo sucedido. Debe ser todo lo contrario: comprometernos a trabajar sin demayo, semana tras semana, porque de verdad, en el amplio campo del derecho a la información, tenemos bastantes asuntos que surgen todos los días, para seguir la construcción de la nueva área del Derecho que está en permanente configuración, tanto en Colombia, como en el mundo entero y cada vez se enriquece con los acontecimientos políticos, sociales, culturales, económicos, lingüísticos, periodísticos, tecnológicos y jurídicos, por citar solamente algunos aspectos que nos son pertinentes. 

Por consiguinete, después de presentar nuestro saludo de año nuevo, y desear a todos nuestros visitantes, colegas y amigos, que el 2013 esté lleno de sucesos positivos y, sobre todo, de noticias esperanzadoras para un país más pacífico, empezamos a trabajar, con el mayor entusiasmo posible. Son varios los frentes de actividades que están aún por desarrollar y que con toda certeza, constituirán aportes muy significativos. Tenemos la seguridad de no defraudar estos anuncios. De nuevo, nuestro cordial y efusivo saludo. 



lunes, 10 de diciembre de 2012

CELEBRACIÓN QUE NO PODEMOS OLVIDAR: LOS DERECHOS HUMANOS

Aunque parezca una repetición innecesaria, no podemos olvidarnos del diez de diciembre de 1948, cuando las Naciones Unidas dieron a conocer la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Tan trascendental documento, debería hacer parte de la enseñanza, desde el hogar, la temprana infancia, y seguir en la escuela, en el colegio, en la universidad, en el sitio de trabajo. Igualmente, debería ser un compromiso de todos los medios de comunicación, sobre todo, desde le misión educativa, para recordar todos los días, la vigencia y la observancia de los derechos humanos.

También es deber de toda persona, conocerlos, respetarlos, vivirlos y exigir de los gobernantes su difusión y aplicación en la difícil tarea de dirigir los destinos de los pueblos. Y también, hacer la misma exigencia a los particulares. Porque, sin la menor duda, los derechos humanos constituyen la verdadera carta de nevegación, la constitución y los derroteros del mundo entero, porque su contenido, tiene relación con todas las actividades del hombre, empezando por el respeto a la vida, como el primer derecho humano, del cual, somos titulares todos los seres humanos, sin más requisitos, ni exigencias, porque nos vincula a todos, con el carácter de universalidad.

Podriamos extendernos en consideraciones que no son del caso, pero sí es menester, al menos, desde la amplia perspectiva de los periodistas y de los medios de comunicación, detenernos un poco para reflexionar sobre los derechos humanos en nuestro medio, en el pueblo donde vivimos, en las grandes ciudades y en toda Colombia. Y, asimismo, formular varios interrogantes sobre el concimiento que tenemos de ellos y, especialmente, en cuanto a su práctica y el papel de las autoridades para hacerlos conocer y desarrollarlos en todos los planes de acción.

En cuanto nos es pertinente, estamos seguros de que a quienes hemos asumismo la tarea del periodismo y de las comunicaciones, son muy pocos los que diariamente y en todo nuestro quehacer, tenemos como gran referente el derecho humano que tiene relación con cada actividad. Por ejemplo, si al entrevistar a una persona o hablar de ella, respetamos sus derechos esenciales como el buen nombre, la figura o retrato, los datos personales, su dignidad. Si, frente al gobernante, lo interrogamos por el cumplimiento de los deberes que tiene ante la sociedad y la manera de responder a los reclamos de ésta, cuando los haya. Ante una persona privada de la libertad, cuando hablamos con ella, respetamos su situación personal, que de por sí es dolorosa y lo interrogamos para las noticias, teniedo en cuenta su estado y siendo sumamente cuidadosos de no herir sus sentimientos.

Y, así, indefinidamente, haríamos un largo, interesante y necesario ejercicio para que todos los días, y no solamente el diez de diciembre de cada año, recordemos la vigencia de los derechos humanos y su gran signfiicado, si siempre ellos fueron el derrotero del trabajo profesional. Ojalá esta sea la ocasión para hacernos este propósito y luchar todos los días para cumplirlo. Así, poco a poco, pasaríamos de la utopía a la realidad y, con toda certeza, que estimularíamos a muchos más a actuar como nosotros lo hacemos.