LOS 30 AÑOS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL Y
DE LA ACCIÓN DE TUTELA
El año pasado, celebramos
los 30 años de la Constitución Política de 1991. Y fueron muchos los actos de
distinto contenido, que tuvieron en todo el país, para recordar la trascendencia
de tal acontecimiento, en aspectos tanto positivos como negativos, ocurridos en
estas tres décadas de vigencia, y, sobre todo para destacar su grado de eficacia.
Sobrarían las palabras para referirnos
al mismo tema.
Por eso, hoy debemos
hacer otros dos actos, también de inmensa importancia, para recodar la integración
de la primera Corte Constitucional, y a su lado, el gran significado de las
primeras sentencias sobre la acción de tutela, dictadas por distintos jueces y
que terminaban en esta Corporación, mediante el proceso de revisión eventual.
Los integrantes de esa
primera Corte Constitucional, a quienes rendimos homenaje de gratitud y de reconocimiento
por sus invaluables aportes, fueron los magistrados Fabio Morón, Simón Rodríguez, Jaime Sanín, Alejandro
Martínez, Eduardo Cifuentes, Ciro Angarita Barón y José Gregorio Hernández.
Y hace falta una profunda investigación para destacar los asuntos de la rica y
abundante jurisprudencia que abrió los primeros espacios en la defensa de los
derechos fundamentales y la concepción sobre los mismos, y las relaciones entre
ellos, hasta contribuir a la construcción de grandes derroteros para apoyar a
los jueces en la misión que tienen encomendada.
Esta corta introducción nos sirve de base para manifestar que, gracias a
la acción de tutela, la administración de justicia, tomó otro rumbo, así en
muchas veces se haya llegado hasta abusar de esta figura, para creer que es la
forma más rápida y eficaz de ponerle punto final a cualquier conflicto, empezando
por los más comunes, como cobrar una deuda y resolver un litigio por linderos.
Pero la verdad consiste en que la acción de tutela, además de la novedad
en el amplio especto internacional del derecho, acercó más los ciudadanos para que
las relaciones entre personas, tuvieran un punto de partida, en el sentido de
que cualquier incumplimiento daría lugar a que se contaría con medio adecuado
para solucionar los desacuerdos.
Para nosotros, en el vasto campo de las comunicaciones y más específicamente,
en el periodismo, la acción de tutela ha sido nuestra abanderada para poder cumplir
la tarea que tenemos ante la sociedad, porque ya no somos el otrora llamado cuarto
poder, sino el primero, porque, como han dicho grandes pensadores, entre el poder
de la espada y el poder de la pluma, ésta será la que siempre vencerá.
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