lunes, 6 de agosto de 2012

EL SÁBADO 4 DE AGOSTO, NO CELEBRAMOS NI EL DÍA DEL PERIODISTA, NI EL DÍA DEL COMUNICADOR: ¿QUÉ PASÓ?

En Colombia, la Ley 1016 de 2006, estableció el 4 de agosto de cada año, como el "Día Clásico del Periodista y del Comunicador", como un homenaje al llamado "Precursor de la Independencia, Antonio Nariño", quien tradujo y difundió los derechos del hombre y del ciudadano, valioso documento de la revolución francesa de 1789. Valdría la pena, como dicen ahora, releer y reinterpretar esta  proclama, y comparar todo su contenido con las diversas situaciones que vivimos en Colombia, en los países vecinos y ojalá, en el mundo entero. Con toda seguridad, que nos encontraríamos grandes sorpresas.

Pero sin salirnos de la Ley 1016 de 2006, consideramos y así lo reiteramos que estamos ante una norma de carece de eficacia jurídica, que es un mero y clásico saludo a la bandera, que sus escasos efectos placebos ya pasaron y, que por tanto, necesitamos replantear el interrongante: ¿entonces, qué debemos hacer?

Lo primero que consideramos pertinente es pensar, con toda la seriedad del caso, que aún nos faltan leyes muy importantes para desarrollar mandatos de la Carta de 1991. En esta oportunidad, nos referimos a una ley estatutaria que regule el contenido del artículo 20, referente al derecho fundamental a la información, de manera que al hacerlo, despeje el camino para que otras leyes ordinarias, se ocupen de la parte meramente instrumental, para completar la tarea.






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