lunes, 12 de marzo de 2012

EL PLAN DE DESARROLLO 2010-2014 Y LAS EMISORAS COMUNITARIAS

Una importante noticia nos trae el Plan de Desarrollo del actual gobierno, que va hasta el año 2014. En efecto, la Ley 1450 de 2011, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, estableció una relación constante entre el Estado y el Pueblo Colombiano, cuya realización requiere el empleo de instrumentos de comunicación, entre los cuales, la radiodifusión comunitaria juega un papel trascendental.

Precisamente, el Plan Nacional de Desarrollo, en el artículo 59, reitera la necesidad del fortalecimiento del servicio comunitario de radiodifusión sonora y, para tal fin, establece que: “Los organismos y entidades del Sector Público incluirán, dentro de sus estrategias de comunicación integral de sus diferentes campañas de divulgación públicas de interés y contenido social, a las emisoras comunitarias como plataformas locales de difusión”.

Por eso, las emisoras comunitarias desarrollan una tarea esencial para la satisfacción del derecho fundamental a la información de sus respectivas comunidades, cuya garantía y vigilancia está encomendada al Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, por la Ley 1341 de 2009.

Por tanto, corresponde al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones cumplir sus objetivos y funciones, con grandes propósitos, entre ellos, promover el uso, la apropiación, el acceso y el beneficio de los habitantes de Colombia de las tecnologías de la información y las comunicaciones.

Y, a la vez, es un deber de todos los gobernantes mantener y estimular las comunicaciones con sus gobernados, mediante programas y campañas de difusión institucional, como una estrategia que permite conocer las acciones de sus autoridades.

Por consiguiente, esta es la oportunidad para exhortar a los señores gobernadores y alcaldes, para darle pleno cumplimiento al artículo 59 de la Ley 1450 de 2011: Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014. Y que sean conscientes que para tan importante propósito, es su deber adelantar todas las campañas de comunicación pública, mediante el empleo de las emisoras comunitarias de sus regiones, para que los gobernados reciban, en forma oportuna, la información sobre los actos, las decisiones, los proyectos y la rendición de cuentas de sus autoridades.

Para recordar este mandato, también llamamos la atención del Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para que expida, prontamente, el respectivo instructivo, dirigido a los alcaldes y gobernadores, para que tengan en las emisoras comunitarias al gran aliado para mantener contacto permanente con su comunidad y establecer un diálogo constante que será de beneficio para los gobernantes y toda la comunidad.

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