domingo, 23 de junio de 2013

LAS VALLAS Y LA VIOLACIÓN DE LA LEY QUE LAS REGULA

En los últimos días, hemos tenido noticias, provenientes de varias ciudades del país, con motivo de vallas, que se han puesto en lugares visibles, cuyos mensajes se complementan con fotografías, alusivas a personas, todas ellos, muy conocidas públicamente. Sobre esta situación, podríamos hacer varios comentarios. El primero, consiste en que quienes promueven las vallas, deberían conocer muy bien y aplicar en el sentido más claro, los mandatos de la Ley 140 de 1994, por la cual se reglamenta la Publicidad Exterior Visual en el territorio nacional.


Nos referimos primero a esta norma, porque, como ciudadanos, nos corresponde actuar siempre, con el propósito de respetar las leyes y, en ese sentido, respetar los derechos de los demás y, sobre todo, porque es una manera de practicar el deber que nos atañe en nuestra sociedad, tan urgida de personas que, normalmente, deberíamos estar comprometidas con pautas de conducta, orientadas a la convivencia pacífica. Por eso, ojalá esta recomendación nos conduzca, en todo momento, a preguntarnos si nuestros actos se realizan, dentro del espíritu democrático, que demanda, esencialmente, ser conscientes y responsables de que al proceder con libertad, también lo hacemos con conocimiento de los efectos de nuestras actuaciones.
Deberíamos, entonces, saber qué nos dice la primera parte de la disposición citada, el inciso segundo del artículo primero: "Se entiende por Publicidad Exterior Visual, el medio masivo de comunicación destinado a informar o llamar la atención del público a través de elementos visuales como leyendas, inscripciones, dibujos, fotografías, signos o similares, visibles desde las vías de uso o dominio público, bien sean peatonales o vehiculares, terrestres, fluviales, marítimas o aéreas".



Preguntamos: 1.¿Aquellas vallas si cumplían, como medios de comunicación, el gran propósito de informar o llamar la atención del púbico?  2. ¿Los contenidos sí tenían esos fines, o al contrario, eran contenidos que, a pesar de nuestra libertad absoluta para expresarlos, pero que además, exige responsabilidad legal posterior, como también responsabilidad social y ética, eran insultantes e injuriosos, incitaban al odio, a la violencia, a la venganza, ... y podríamos agregar más calificativos negativos?

Con estas dos preguntas podríamos decir mucho y extendernos demasiado, pero ese no es lo que pretendemos con esta corta reflexión. Lo que sí nos proponemos es, así sea, como lo hemos afirmado siempre, todavía una gran utopía, al menos, llamar la atención de quienes consideren que, siempre, debemos ser personas muy sensatas al hablar, al escribir y, en general, cuando nos estamos expresando. Porque como lo dijimos hace pocos días, la palabra, es parte esencial para que hagamos realidad el ejercicio del derecho humano a la libertad de expresión. De su uso, bueno o malo, o con nobles motivos o con perversas consecuencias, dependerán los resultados. Y, con mayor razón, en Colombia, donde seguimos insistiendo que para construir entre todos, una verdadera democracia, todo está supeditado, al empleo adecuado del idioma para manifestar nuestros acuerdos y nuestras diferencias, pero, en todo momento, bien argumentadas.

Ojalá no sea en vano nuestra corta contribución. Es lo más que podemos hacer, desde el compromiso que hemos adquirido ante la sociedad.  

martes, 18 de junio de 2013


LA MORDAZA EN ECUADOR, JUSTIFICA EL RECHAZO UNIVERSAL

Quienes profesamos, practicamos y defendemos los derechos humanos y su relación con la democracia, como régimen político, esencialmente, garantista y respetuoso de la diferencia, porque ésta será siempre argumentativa y no violenta, no podemos guardar silencio por la actitud, tanto del presidente del Ecuador, señor Ernesto Correo, como de la Asamblea o el Órgano Legislativo del Ecuador, por aprobar un proyecto de Ley, que llama de Comunicación, que, en lugar de propiciar, estimular y defender el ejercicio de la comunicación, como derecho natural y, por tanto, derecho humano de todo ser, lo hay hecho totalmente nugatorio.

Con sobrada razón, los periódicos afiliados a la Asociación Colombiana de Editores de Diarios y Medios Informativos, ANDIARIOS, publicaron el pasado viernes 14 de junio de 2013, el editorial titulado: ¿Estocada final  a la libertad de prensa en Ecuador?, en el cual advirtieron sobre los riesgos para la libertad de prensa y el derecho a la información que se derivarían del Proyecto de Ley Orgánica de Comunicación que está próxima a ser aprobado por la Asamblea Nacional de Ecuador, lo anunció el periódico El Colombiano, de la fecha antes mencionada.

En esta oportunidad, sobran las palabras para rechazar, de la manera más enérgica y contundente, tan brutal procedimiento, porque de esa manera, se le impide al pueblo ecuatoriano, contar con profesionales del periodismo y de las comunicaciones y de distintos medios de comunicación, los cuales, por su propia naturaleza tienen que ser plurales y diversos, para que se cumpla con el fin sagrado y esencial, de mantener enterada a la sociedad de todo el acontecer, desde los lugares más apartados hasta las grandes ciudades, pero, sobre todo, como se dice, clásicamente, contar en forma permanente, con quienes son "el perro guardíán de la democracia", cuya tarea va más allá de informar.

Porque en las sociedades democráticas, para evitar los abusos del poder, que puede originarse en quienes son los gobernantes o en los particulares, si no se cuenta con medios de comunicación, dirigidos por profesionales competentes y comprometidos con la defensa del derecho a la información de la comunidad, jamás se conocerán los actos perversos que afectan los intereses y los derechos de los asociados.

Podríamos extendernos mucho en consideraciones sobre los asuntos, que de distinto contenido, tienen trascendencia pública, porque ser refieren al ejercicio actividades que tienen repercusiones en la sociedad, como por citar un mero ejemplo, el relativo al cobro y al gasto del dinero proveniente de los impuestos en obras que deben ser para la satisfacción de necesidades sociales, entre ellas, la construcción de hospitales, de escuelas y de establecimientos de educación, por mencionar también algunos de los múltiples destino de un presupuesto que, seguramente, es una cifras bastante altas.

En síntesis, con la mordaza en la mano, que es como quitarle el aire a la persona, para que ésta, inevitablemente muera porque no puede respirar, asi ha de ocurrir, cuando la sociedad, en vez de ejercer la comunicación, se mantenga muda y no pueda hablar con los demás, el efecto, también que no se puede evitar, será que todos, sin excepción, constituirán la sociedad del silencio, la sociedad que morirá y desaparecerá porque no puede hablar, ni puede oír, porque los otros, tampoco pueden hablar.

¿Qué podemos hacer nosotros? Digamos que, como en Colombia, sí podemos alzar la voz, gritemos al unísono: ¡Ecuador morirá porque se quedará silenciado!













lunes, 10 de junio de 2013


COLISIÓN O CHOQUE DE DERECHOS EN UN SISTEMA DEMOCRÁTICO


¿DÓNDE ESTÁ EL EQUILIBRIO, O EL PUNTO DE QUIEBRE, O LA POSICIÓN IDEAL, COMO DEBE SER, ENTRE EL GOCE DE UNO O DE VARIOS DERECHOS FUNDAMENTALES, SOBRE TODO, CUANDO SE TRATA DE DERECHOS DE PRIMERA GENERACIÓN O DERECHOS DE LIBERTAD, Y LA ACCIÓN LEGÍTIMA DE LA AUTORIDAD, QUE DEBE GARANTIZARLOS, PERO SIN OBSTACULIZARLOS, O VIGILARLOS INDEBIDAMENTE?

Con este amplio titular, nos proponemos plantear un problema, bastante trascendental, dentro de un sistema liberal-democrático, de garantías para los ciudadanos, y de pesos y de contrapesos entre los gobernantes, para mantener la posición ideal y real, en este caso, frente al ejercicio de derechos fundamentales muy importantes, como son el derecho a la intimidad y el derecho a la privacidad que, aunque muchas veces, se junten, también es necesario separarlos para entender con más facilidad y de manera más elemental, en qué consiste cada uno y cuál es el ámbito que le corresponde, cuyo desarrollo, en esta ocasión, está ligado al derecho a las distintas formas de comunicación.

Empecemos por afirmar que los derechos citados hacen parte de un conjunto de derechos, llamados derechos de la personalidad, conocidos también como los derechos que hacen parte del patrimonio moral de cada persona, o derechos de libertad. Están en cada ser humano y éste los ejerce como parte de la vida cotidiana. Estos derechos los encontramos en los artículos 14, 15 y 16 de la Constitución Política: el derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica, el derecho al buen nombre, el derecho al habeas data, el derecho a las distintas formas de comunicación -podemos citar la correspondencia, las llamadas telefónicas, los correos electrónicos, los videos, los chats, los audios, los libros para el manejo de datos o información personal-, el derecho a la propia figura o retrato y el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

El derecho a la intimidad es un derecho inividual. Otros autores lo definen como el derecho a estar solo. Como el derecho que está escondido para los demás, quienes no tienen por qué conocerlo, como cuando la persona está desnuda en el cuarto de aseo, o cuando está solo en el dormitorio. Pero tal derecho se puede compartir, como se hace con la pareja. El derecho a la privacidad implica un ámbito un poco más amplio, porque empieza por compartirse con las personas más cercanas, como son los miembros de la familia. Tenemos el ejemplo, para este caso, las comunicaciones que mantenemos con los seres queridos. Por eso, a nosotros, nos interesa, especialmente, los derechos que cada persona, en su vida íntima y en su vida privada ejerce, especialmente, nos referimos, esencialmente, a las diversas formas de comunicación.

Este fin de semana, casi todos los medios de comunicación del mundo, hicieron eco de la noticia sobre las chuzadas del presidente Barak Obama, cuya práctica viene desde el gobierno anterior de George Busch, originada en los hechos dolorosos del 11 de septiembre de 2001, que permitió la aprobación de la propuesta convertida en la Ley Patriótica, para que las autoridades obtengan en información o datos de los registros de las llamadas o comunicaciones de cualquier persona, todo ello, con fundamento en el derecho a la seguridad nacional.

En otras palabras, estamos ante la figura conocida como choque o colisión de dos derechos. En este caso, frente a derechos fundamentales sobre las distintas formas de comunicación,y el otro derecho, que está delegado al Estado: el derecho a la seguridad nacional. El derecho a la seguridad se concreta en las atribuciones de las autoridades. En Colombia, tal derecho lo encontramos en el artículo 2 de la Constitución Política. La parte pertinente, está en el inciso segundo, que dice: "Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares".

La pregunta, en entonces, ¿cuál debe ser la conducta de las autoridades para que ejerzan sus funciones, pero sin violar los derechos fundamentales de las personas?

Nuestra Corte Constitucional ha enriquecido con su jurisprudencia, la teoría del juicio de  la debida ponderación, para determinar en cada caso concreto, cuándo un derecho debe ceder anten otro derecho. Sin embargo, cuando la autoridad, como en el caso de Estados Unidos, ejerce un control absoluto, ¿qué puede hacer una persona para mantener y ejercer la intimidad y la privacidad en sus comunicaciones personales, tanto con los seres queridos, como con quienes debe realizar contactos permanentes?





domingo, 26 de mayo de 2013

LA ARGUMENTACIÓN, GRAN SOPORTE DE LOS DERECHOS HUMANOS


Los derechos humanos constituyen un tema de un contenido bastante rico para escribir siempre sobre aspectos que cada vez tienen mayor trascendencia. Por eso, nuestra reflexiones, aunque cortas, porque como el sabio adagio, si breve, dos veces bueno, en esta oportunidad nos referiremos a la argumentación, que no es lo que cree mucha gente, que es hablar o escribir mucho, sino hacerlo con sentido lógico.

En esencia, la argumentación es un ejercicio que hace cada hombre, que parte de sus pensamientos, de sus ideas, de sus conocimientos y, sobre todo, del razonamiento. Todo ser humano está dotado de un conjunto de cualidades naturales que, en la medida en que las desarrolla, le permiten razonar alrededor de lo que conoce, de lo que aprende, de lo que ve, de lo que escucha, de lo que lee, del contenido de los distintos medios de comunicación y, en general, de todos los mensajes que circulan a su alrededor. Pero sobre todo, ese ser humano, pensante e inquieto, que somos todos, nos estimula a preguntar, a cuestionar y hasta a dudar de la forma como muchos de los demás, entienden y explican su mundo exterior.

Precisamente, ese mundo, que es el medio en que vive cada uno, le proporciona, podemos decir, en general, mucho material para reflexionar bastante, o como se dice en el lenguaje cotidiano y coloquial a “no tragar entero”. Y cuando una persona se traslada de un lugar a otro y averigua por las costumbres de ese nuevo lugar, con toda seguridad que va a encontrar muchas de éstas, lo mismo que comportamientos y concepciones, distintas a las que él tiene previamente. Pero gracias a los medios de comunicación, especialmente, a la radio, a la televisión y al internet, cada persona que tenga acceso a ellos, va a enriquecer la información que tiene, con la que reciba, que es en gran cantidad y en forma permanente, sin tener que desplazarse a lugares diferentes.

Por lo anterior, para que cada persona pueda expresar su argumento frente a cualquier asunto y hacerlo con un fundamento razonable, necesariamente, ha realizado un esfuerzo mental que le ha permitido pensar sobre un asunto o tema concreto, y examinarlo desde los diversos puntos de vista que los demás lo han manifestado.

Aprender a argumentar, entonces, demanda documentase bien antes de hablar o de escribir. Exige leer despacio y entender los textos y asimilarlos bien y ojalá relacionar unos con otros. Y los textos deben ser de contenidos diferentes, sin que se descarten los libros que traten el tema en un mismo sentido. Igualmente, es necesario hablar con los demás y conocer sus posturas. Algunas serán similares, otras distintas. Pero precisamente, un régimen democrático se caracteriza por tener consenso en algunos temas de interés general, como el reconocimiento y respeto de los derechos humanos, y la no violencia. Pero también, vamos a encontrar diversas posiciones y cada una con su explicación. Es el llamado disenso. Entonces, existen consensos y disensos. En otras palabras, es el pluralismo que coexiste con la diversidad. Por eso, ¡qué tal que todos pensamos en forma igual! Todos somos diferentes, aunque también tenemos pensamientos compartidos, como, por ejemplo, el respeto por la diferencia, que exige tolerancia, que exige no violencia

En resumen, la argumentación, como ejercicio de la razón, es un fundamento esencial para la defensa, el reconocimiento, el respeto, la promoción y la convivencia de los derechos humanos, porque partimos de que cada uno es consciente de que cada vez que habla, lo hace siempre con argumentos.

lunes, 20 de mayo de 2013


LA PALABRA, COMO DERECHO HUMANO



A raíz de las conversaciones de paz en La Habana, Cuba, es pertinente hablar sobre un tema bastante rico y amplio, relacionado con la palabra, como parte de los derechos humanos.

La vida tiene en la palabra el gran soporte para permitirnos establecer relaciones con los demás. Por ella, podemos expresar nuestros pensamientos, nuestras ideas, nuestros deseos, nuestros acuerdos, nuestros desacuerdos, nuestros proyectos, nuestra concepción sobre el sentido de la existencia del ser humano y, en general, dar a conocer los mensajes, con las características que tiene cada uno, entre ellas, los distintos contenidos. En fin, podríamos extendernos bastante para hablar sobre la palabra, como instrumento de vínculo de un ser con el otro y del otro con los demás, hasta formar grandes grupos sociales, los cuales, se unen, alrededor de principios que comparten entre sí.

La historia de la humanidad ha tenido en la palabra, una fuente trascendental para escribir y documentar sus acontecimientos. Gracias a ella, se han rescatado grandes aportes que benefician a la humanidad. Y por ella, conservamos el patrimonio de los seres que han contribuido con sus ideas a recrear cada momento y cada sociedad.

Es mucho lo que se puede escribir sobre este valioso instrumento de comunicación, porque la palabra está ligada a las distintas manifestaciones de la humanidad. Por eso, es también bastante lo que se podría decir de la palabra y su relación con el ejercicio de derechos y de libertades, ya que ella es el medio para manifestarlos, explicarlos y hacerlos realidad. Igualmente, la palabra tiene relación con el poder. Éste, según su ideología, la utilizará para dirigirse a los gobernados y convencerlos de que las autoridades están actuando, de acuerdo con los fundamentos que rigen el poder que ellos tienen.

Igualmente, la palabra es el instrumento esencial del trabajo de los periodistas, de los comunicadores y del contenido de los medios de comunicación. Por consiguiente, cada vez podríamos seguir agregando más conexiones con la palabra, para concluir que ella es esencial en la vida diaria de todos los seres humanos.

En nuestro caso, debemos decir que la palabra es la concreción de la libertad de expresión y ésta es un derecho humano. De la forma como la usemos, dependerá su eficacia, entendida en un sentido positivo. O, por el contrario, en sentido negativo, puede producir conflictos, cuando el diálogo y el debate, carecen de la argumentación y, en consecuencia, de razonabilidad para poder convencer al otro, o al menos, hacerle entender el mensaje, aunque no lo comparta. Porque en la sociedad democrática, el empleo de la palabra en lugar de las armas, es un mandato imperativo que todos debemos acatar y defender, si de verdad queremos aportar, así sea en una mínima parte, en ese largo proceso de paz que tanto necesitamos en Colombia.

Por eso, confiamos en que al usar, adecuadamente, la palabra, como parte esencial de los derechos humanos, logremos dar pasos, ojalá muy grandes para encaminaros hacia la paz, tan anhelada y acariciada en nuestro medio, pero también tan esquiva

lunes, 13 de mayo de 2013

UN ANTICIPO A LA LEY SOBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

En forma anticipada, celebramos con mucha satisfacción y, especialmente, como un gran avance, la trascendencia del fallo de la Corte Constitucional sobre el proyecto de ley estatutaria que ha de regular el derecho fundamental sobre el acceso a la información pública. Aunque no conocemos el texto del fallo, para un análisis más detenido, por ahora, al menos, con base en la información que nos suministró la semana pasada el noticiero CM& y el editorial del periódico El Espectador del lunes 13 de mayo del presente año, podemos anticiparnos a celebrar un avance más de un derecho que tendrá efectos muy positivos en la vida colombiana.

Debemos recordar que esta importante iniciativa fue promovida por La Alianza Más Información, Más Derechos, conformada por entidades tan serias como Transparencia por Colombia, la Fundación para la Libertad de Prensa, FLIP, el Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad, DEJUSTICIA, el Proyecto Antonio Nariño, PAN y la Corporación Ocasa. El proyecto inicial fue enriquecido con críticas y aportes del periodista Daniel Samper,  lo mismo que cuestionamientos del investigador Alberto Donadío.

Sin embargo, había varias preocupaciones que compartíamos porque considerábamos algunos excesos que eran inadmisibles. Por ejemplo, como dice el editorial del periódico El Espectador: "Uno de estos, tal vez el que más preocupaba fue la necesidad de que se declarara inconstitucional una parte de la norma, incluida por el Ministerio de Defensa que indicaba que ésta no se aplicaba para los documentos, bases de datos y contratos relacionados con la defensa y la seguridad nacional, el orden público y las relaciones internacionales de una manera bastante ambigua. En la práctica, se hacía que asuntos como la compra de un edificio por parte del Ejército, el sueldo del ministro de Defensa o escándalos como el de Tolemaida fueran imposible de escudriñar". Allí termina la cita.

Por lo anterior, hemos avanzado un poco, porque seguramente necesitamos más amplitud y más garantías, todavía, para que en Colombia, la mayoría de los actos de todas las autoridades y en todos los niveles, sean de fácil acceso por parte de todo el mundo, no solo de periodistas, también de los ciudadanos, de los investigadores, de las instituciones defensoras de los intereses sociales y, en general, quien quiera hacerlo, sin que sea necesario explicar las razones de su averiguación.

Precisamente, nosotros, como defensores del derecho a la información, seguiremos en la tarea de propiciar un gran debate público para que, entre todos, los que tengamos identidad de propósitos, luchemos porque se vaya construyendo una gran configuración del nuevo Derecho de la Información, que tuvo un gran paso con la Constitución Política de 1991, la cual recogió algunas leyes anteriores que incorporaron a nuestro ordenamiento interno asuntos tan importantes e internacionales como los derechos humanos, en lo político, lo social, lo económico, lo jurídico, lo civil y lo cultural.

En consecuencia, estaremos atentos al fallo de la Corte Constitucional y al texto completo de la ley estatutaria para su examen detenido.

martes, 7 de mayo de 2013

LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN LOS MEDIOS ALTERNATIVOS


Como parte de la celebración del día mundial de la libertad de expresión, el pasado 3 de mayo, vale la pena esta reflexión sobre los derechos humanos, que la dedicamos a la libertad de expresión en los medios alternativos. Para empezar, planteamos un tema que, seguramente, tendremos que desarrollar, muy pronto y más ampliamente, sobre las características de estos medios de comunicación que otros llaman, también, como locales, barriales, provincianos y, quizá, surjan otras denominaciones.

En ellos, debemos, por el momento, destacar el sentido, el alcance, el significado y la trascendencia del ejercicio del derecho a la libertad de expresión, que se refleja, claramente, en cada edición. Pero es necesario, al menos, en forma breve y concreta, manifestar que se trata de un derecho, que también puede llamarse una garantía, una forma de defensa, o un instrumento de resistencia ante las autoridades y frente a los particulares, cuando éstos, con el poder, muchas dominante que tienen, lo utilizan arbitrariamente contra los demás. El ejercicio de este derecho, como dijimos en el anterior comentario, se apoya en el uso adecuado de la palabra, para referirse al otro, en los casos en que sea necesario.

¿Cuándo estamos ante los casos necesarios? Respondemos que en muchas circunstancias. Por ejemplo, frente al gobernante, para decir que estamos de acuerdo con sus actos o, al contrario, para rechazar su comportamiento y decir las razones. En otras situaciones, para exigir acciones o más eficacia, frente a reclamos de la sociedad y ante los cuales, el gobernante no presta atención alguna. Todos los días, tenemos que estar pendientes de sus palabras y de sus hechos para, sobre ellos, expresarnos, en el sentido que consideremos es pertinente, porque para ello, somos ciudadanos y vigilantes de quienes ejercen el poder en nombre del pueblo, en general, y no solamente de los que lo eligieron.

En relación con los particulares, ¿cuándo estamos ante los casos necesarios? Primero, recordemos que los particulares, son las demás personas que, sin tener autoridad, comparten la vida, con nosotros, en nuestro entorno. Frente a ellos, tenemos muchísimas relaciones y todas se concretan cuando estamos dialogando. También, entre los particulares están quienes dirigen los medios de comunicación alternativos. Por consiguiente, dichos medios, al difundir distintos contenidos o mensajes, éstos tienen conexiones con otros, bien sea la autoridad o un particular en concreto.

Por consiguiente, los medios de comunicación alternativos, que hacen parte de la sociedad y de los particulares, y que son voceros de ella y de ellos, son los primeros en dar buen ejemplo, en el tratamiento de su contenido, para que el derecho a la libertad de expresión sea un modelo en su lugar de circulación y, en vez de ser un instrumento de desintegración, lo sea de cohesión y, de esa manera, se pueda apreciar, cómo este derecho se concreta en la construcción de una opinión pública libre, pensante, deliberante, democrática, argumentativa y pacífica, gracias al medio de comunicación que cumple una misión tan importante en su comarca, como delegado o intermediario entre unos y otros, y entre éstos y los gobernantes.