lunes, 5 de febrero de 2018


EL SIGILO PROFESIONAL Y LA RESPONSABILIDAD LEGAL

Estamos ante dos temas que son recurrentes en nuestro medio periodístico. Por eso, a pesar de los muchos y profundos debates que se han dado, no tiene sentido que todavía haya fallos, como el reciente de la Corte Suprema de Justicia, que desconoce la trascendencia y el significado del sigilo profesional, que como garantía constitucional y derecho fundamental para los profesionales de nuestra actividad periodística, ha sido reconocido y valorado para el adecuado ejercicio profesional.

Consideramos que no tiene sentido que repitamos los mismos argumentos para insistir en la protección del sigilo profesional, pero sí podemos recordar que está estrechamente ligado a otro asunto que también tiene su gran trascendencia como el relativo a la responsabilidad legal. Porque, para empezar, el amparo del sigilo profesional no significa que el periodista pueda hacer afirmaciones que podrían afectar gravemente derechos de otra persona, y el perjudicado no tenga acciones legales para reclamar y demostrar que tales aseveraciones son falsas, y sin que en las investigaciones judiciales que se hagan, se tenga que obligar a dar a conocer cuál es la fuente que, como sigilo profesional se protege. 

Recordemos que todos somos responsables de nuestros propios actos y hasta en ciertos casos, de los que realicen personas que estén bajo nuestra responsabilidad. La misma Constitución Política y las leyes regulan esta materia, ya que si no fuera de esa manera, entonces, nadie tendría que ser cuidadoso de su conducta y por ello, diría y haría lo que quisiera, sin que nadie pudiera reclamarle.

Situación similar ocurre con el mandato constitucional que ordena que en Colombia no habrá censura. En principio, muchos creen que estamos ante una patente de corso, es decir, que se puede hablar de lo que se quiera o hacer afirmaciones graves contra personas determinadas sin que pase nada, porque como no hay censura, nadie puede impedirle a otro que se hable. 

Por eso, es necesario aclarar que en Colombia no hay censura, pero sí existe la responsabilidad legal posterior al contenido de los mensajes, porque cuando éstos son ofensivos, o en ellos se hacen denuncias concretas, por ejemplo, que una persona determinada ha cometido delitos, el afectado tiene todo el derecho a reclamar y pedir que se aclare su situación y si es procedente, que se hagan las respectivas denuncias, se investiguen las afirmaciones y sin que para nada se impida que las libertades públicas para informar y expresarse sean libres, pero siempre responsables.

En otras palabras, tanto el ejercicio del sigilo profesional, como la garantía de que no habrá censura, tienen como complemento necesario y esencial, la exigencia de la responsabilidad legal, porque si ésta no existiera, viviríamos en un sociedad caótica, sin controles, sin comportamientos ponderados, sin respeto del uno por el otro. De esa manera nos acercamos a otro tema que se integra en esta corta reflexión, en el sentido de que solamente en un sistema democrático será posible que convivamos y ejerzamos nuestros derechos y nuestros deberes, con la presencia de la autoridad, como garante de que los derechos y los deberes están unidos y son inseparables, pero también generan responsabidades.

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