domingo, 24 de abril de 2016


NUESTRO IDIOMA SIEMPRE HABRÁ QUE ESTUDIARLO Y HABLARLO BIEN

Con motivo del día del idioma, lo mismo que del Bibliotecólogo, persona encargada del cuidado, no solo de las bibliotecas sino de todos los nuevos y cada vez más sofisticados sistemas de conservación de mensajes, su celebración siempre deberá tener como punto de referencia, la necesidad del buen uso del idioma, que es nuestro medio de trabajo, para hablarlo y escribirlo bien, de manera que no solamente se honre su esencia sino que se enseñe acerca de su acertada utilización.
  
Esta corta reflexión, que debería ampliarse a través de conferencias y recomendaciones, es tan importante porque nos hallamos ante un mundo que quizá por la influencia de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones, existen tendencias a simplificar las palabras o recortarlas o mezclarlas con otras, cuyo resultado constituye un uso inadecuado del idioma, que como acabamos de decir, siempre deberá ser el más puro.

En el caso específico de los medios de comunicación, especialmente, de los escritos, en cuando más urgente y necesario es este llamado de atención, porque en ellos, se reproducen los textos y cuando están mal escritos, en lugar de llevar un mensaje positivo, hacen todo lo negativo, pues, causan más daño al lector, al investigador y a toda persona que se detenga en su lectura.

Ligado a lo anterior, también es fundamental, la consulta permanente a las fuentes autorizadas del idioma para aclarar cualquier duda, como es el portal de la academia de la lengua y los que tienen agencias de noticias e instituciones que velan por la pureza del idioma. Es una tarea que sigue pendiente y debería ser una actividad cotidiana. Lo mismo que la adquisición de buenos libros, tanto en la feria del libro de Bogotá, que está próxima a terminarse, como las lecturas constantes de buenos autores, porque así adquiriremos más conocimiento y enriqueceremos los que tenemos.

Precisamente, en esta materia, con motivo de los 400 años de la muerte de los símbolos del idioma: William Shakespeare y Miguel de Cervantes Saavedra, es otra ocasión para leer y releer sus obras que siguen siendo clásicas, no solo para el buen manejo del idioma, sino por la inspiración que nos proporcionan.

Por tanto, que esta semana, sea la oportunidad para insistir, tanto en el buen manejo de nuestro idioma, como en su estudio y en las buenas lecturas, como tareas cotidianas que jamás deberemos abandonar, sobre todo, los periodistas que trabajamos con a palabra todos los días.

domingo, 17 de abril de 2016

La feria del libro 2016

Empieza el lunes 18 de abril, la feria internacional del libro en Bogotá. Es un acontecimiento que tiene especial importancia y trascendencia para el vasto campo de las comunicaciones, por varias razones, entre ellas, porque podemos escuchar a los conferencistas que hablarán sobre temas de actualidad en diversos aspectos de la vida, tanto de nuestro medio como del mundo. Igualmente, porque es la oportunidad para la adquisición de libros que a todos nos interesan.

En relación con nuestro país, algunos asuntos que harán parte de esta feria, son sin la menor duda, el alusivo al proceso de paz, sobre todo, por las grandes expectativas que tenemos todos los colombianos, ya que estamos ante una próxima decisión que va a tener grandes repercusiones en el futuro inmediato, en el mediano y en el largo plazo. Por tanto, debemos hacer mucho énfasis en conocer los muchos y distintos puntos de vista que se han de dar a conocer, que dependerán de las plurales y diversas concepciones que se tienen sobre el proceso de paz,  ya que tales exposiciones permitirán que haya bastante ilustración sobre un conjuntos de interrogantes, inquietudes, dudas, preocupaciones, y en general, acerca de qué pasará en todo el territorio colombiano, después de firmados los acuerdos de paz, esencialmente, en cuanto a la convivencia sin violencia, empezando por el campo, por los pequeños municipios, por las carreteras, por las ciudades y por las instituciones del Estado, como las universidades.

De allí, la convocatoria a los medios de comunicación, para que informen sobre el contenido de estas conferencias y las complementan con la investigación que deben hacer para que los asistentes se pronuncien alrededor de las mismas. De manera que en todos los rincones de Colombia, podamos enterarnos de lo que sucede en esta materia, durante los días de la feria.

Igualmente, es la ocasión para referirse a las noticias más recientes y que son de interés colectivo, entre ellas, la terna que enviará el presidente de la república a la Corte Suprema de Justicia, para la escogencia del nuevo fiscal general de la nación. Sabemos que este alto empleado del Estado tiene bastante conexidad con el trabajo de los periodistas y con los mensajes que difunden los medios de comunicación, especialmente, en cuanto al ejercicio del derecho fundamental a la información y su posible violación por autoridades, o por la comisión de delitos frente a otros derechos fundamentales de los ciudadanos, empezando por los derechos a la personalidad, los más vulnerados, como el derecho al buen nombre, que genera procesos por los delitos de injuria y de calumnia.

En síntesis, estamos ante la feria del libro en Bogotá, de la cual, cada uno de nosotros, en cuanto más pueda y oportunidades tenga, se beneficie de la misma, porque son varias y diferentes las ocasiones que se tienen a la mano. Por tanto, estamos todos invitados a participar activamente. Y desde luego, contemos con los medios de comunicación, que nos cuenten qué pasa cada día.

domingo, 3 de abril de 2016



LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN TAMBIÉN TIENE LÍMITES EN FACEBOOK

Dentro del amplio campo de los debates relacionados con el ejercicio los derechos fundamentales y su choque o colisión entre los mismos, en especial, entre aquellos que hacen parte de los llamados derechos de la personalidad, entre los que podemos citar: el buen nombre, la intimidad, la privacidad, las comunicaciones personales, la figura o el retrato o la propia imagen, el libre desarrollo de la personalidad, el honor, la honra y los datos personales,  tenemos una sentencia de la Corte Constitucional que nos recuerda que la libertad de expresión también tiene sus límites en el vasto espacio de Facebook. Se trata de la Sentencia de Tutela 050 de 2016, por cual se protegieron los derechos fundamentales de la peticionaria. En concreta se trata de la acción de tutela que presentó la señora “Lucía contra Esther, con el objeto de que le fueran protegidos sus derechos fundamentales a la dignidad humana, al buen nombre y a la intimidad, los cuales estima vulnerados por haber publicado la demandada en la red social Facebook afirmaciones relacionadas con la ausencia de pago de la obligación dineraria que había contraído con esta última”.  
Los hechos, se resumen en los siguientes:

“1. Aproximadamente hace 3 años, Lucía solicitó un préstamo a Esther por un valor de 3 millones de pesos, el cual, a la fecha de presentación de la tutela, no había sido pagado.

2 2.  El 12 de diciembre de 2014, la demandada resolvió publicar en el muro de su perfil de la red social Facebook, junto con una foto de la accionante, lo siguiente: “Hace más de tres años a (Lucía) le preste (sic) una plata. Hasta el momento no se digna por pagármela (sic), me borra mensajes, no me contesta el celular, me evita a cada momento. Me vi en la obligación de ponerla en este medio para que así sea un poco más delicada y me pague. Que sepa que yo le preste (sic) la plata, no se la regale…”

33.  Sostiene el apoderado de la demandante que el día siguiente se comunicó por vía telefónica con Esther para solicitar el retiro de la publicación, argumentando que con dicho actuar se atentaba contra la honra y el buen nombre de la accionante, sumado a que contaba con otros medios idóneos para hacer efectivo el cumplimiento de la obligación.

44.  No obstante, afirma que la demandada desatendió la solicitud y hasta la fecha de presentación de la tutela, 26 de diciembre de 2014, insistía en mantener la publicación a la cual tienen acceso sus amigos, familiares y conocidos”.

 Dentro de los argumentos de la Corte Constitucional para la protección de los derechos fundamentales invocados, dijo: “De lo anterior se colige que si bien redes sociales como Facebook implican un mayor riesgo de vulnerabilidad de derechos fundamentales al buen nombre, a la intimidad y a la imagen, no quiere decir que el uso de dichas plataformas implique una cesión de tales garantías y, en consecuencia, la libre y arbitraria utilización de los datos, ya sea videos, fotos y estados, entre otras, ni tampoco la publicación de cualquier tipo de mensaje, dado que, como se ha venido reiterando, la protección y límites de la libertad de expresión por medios de alto impacto también aplican a medios virtuales”.

Estamos, pues, ante el fenómeno que se conoce como choque, colisión o conflicto entre derechos fundamentales, para lo cual es necesario hacer un juicio de debida ponderación para determinar cuál derecho tiene prelación sobre el otro. Por eso, para resolver, la reflexión esencial consiste en que: “Sin embargo, como se estableció en la parte motiva de esta sentencia, este tipo de presunción admite ser desvirtuada cuando se evidencie que en el caso concreto el otro derecho en juego cobra mayor peso. Bajo esa misma línea, la jurisprudencia de esta Corte, al igual que pronunciamientos internacionales al respecto, han sostenido que la libertad de expresión no es un derecho que carece de límites, pues, como se observó, las frases injuriosas, que denoten falta de decoro, vejaciones, insultos, expresiones desproporcionadas y humillantes que evidencien una intención dañina y ofensiva, no con un fin legítimo, sino por el contrario difamatorio, parcial, erróneo, entre otros, no son cubiertas por la protección establecida en el artículo 20 de la Constitución. Por lo tanto dicho conflicto resulta inexistente y, en estos términos, se descarta la necesidad de realizar un test de proporcionalidad, en el cual se utilice la ponderación para resolver este caso, pues no se presenta pugna legítima entre el derecho a la libertad de expresión y los alegados por la demandante.

Cabe reiterar entonces que la protección y los límites antes señalados también son aplicables a internet y a las redes sociales, en este caso Facebook, y recordar que el hecho de que la actora sea usuaria de dicha plataforma hace que sus derechos fundamentales a la intimidad, al buen nombre, a la imagen y a la honra, se encuentren en mayor riesgo de ser vulnerados”.

Esta sentencia, que enriquece la jurisprudencia en tan importante campo, nos permite pensar que, en un régimen democrático, una de cuyas características son las garantías para todos, el derecho fundamental a la libertad de expresión, siempre tiene que ser respetuoso de los derechos ajenos y, sobre todo, tener en cuenta que por los distintos medios o instrumentos adecuados para la difusión de los mensajes, siempre tienen que darse a conocer contenidos que, aunque sean de opinión o de juicios de valor, nunca podrán ser injuriosos, calumniosos o que vayan en contra de la dignidad de cualquier ser humano.