martes, 8 de junio de 2010

EL RESPETO POR EL LENGUAJE EN EL DERECHO PENAL

Las noticias de los últimos días han girado en torno a las decisiones de las autoridades judiciales, y las reacciones de las autoridades administrativas, de algunas instituciones y también de ciudadanos sobre dichas determinaciones. El gran debate ha tenido como punto central, el lenguaje que se ha utilizado para calificar las actuaciones de las autoridades judiciales, y los comunicados que se han difundido, de parte de aquéllas, para recordar que en Colombia, por mandato constitucional, las ramas del poder público son independientes, aunque colaboran armónicamente, para la realización de los fines del Estado.

Por ejemplo, cuando las noticias cuentan sobre la libertad que se concede a procesados de delitos graves, por vencimiento de términos, inmediatamente, quienes declaran, dicen que estamos ante la más grave impunidad de que se tenga conocimiento. Cuando un fiscal acusa a un imputado, que es la persona contra quien se deben tener suficientes pruebas que lo comprometan en la comisión de delitos, algunos de los empleados que comentan lo sucedido, dicen que se trata de personas honradas, cumplidoras de sus deberes y, que por tanto, no existen razones para ordenarse la privación de la libertad.

Y podríamos seguir enumerando otros casos, que son motivo de noticia diaria, como cuando se dice que un fiscal, en virtud del principio de oportunidad, decidió que no había lugar a iniciar una investigación. O que un procesado, invocó el hábeas corpus y ya goza de libertad.

Para el público receptor de estas noticias, en la mayoría de los casos, en vez de ser adecuadamente informado, es gravemente desinformado. Y, sobre todo, cuando altos funcionarios, como el presidente de la república, el ministro del interior y de justicia, el ministro de defensa, un gobernar o un alcalde, aprovechan los micrófonos de los medios de comunicación para expresar sus reacciones por las decisiones de las autoridades judiciales, que no comparten, pero que consideran que es su deber reaccionar y muchas veces, hasta acusarlas porque creen que no están acatando los mandatos constitucionales y legales en sus decisiones.

Y, ¿qué hacen los periodistas: permanecen callados, no investigan a fondo, o se limitan a servir de instrumentos para la difusión de mensajes que el público no va a entender?

Ante tal circunstancia, debemos partir de un presupuesto esencial de la democracia informativa. Para poder informar, como debe ser, quien lo hace, debe estar lo suficientemente preparado para expresarse, en esta materia, en el lenguaje jurídico-penal preciso, y agregar las explicaciones que sean necesarias para la comprensión de la noticia.

Mientras no haya estudio, capacitación, investigación, prudencia y redacción clara de los mensajes que se van a difundir, los periodistas y, por ende, los medios de comunicación, están faltando a un gran deber ético-jurídico-informativo. Y, sin quererlo, siempre, estarán sirviendo de instrumentos dóciles e ignorantes ante los funcionarios que se desbocan a vociferar contra la administración de justicia, empleando términos que en la mayoría de ocasiones, no son de recibo, en vez de ser instrumentos que atemperen las tempestades, al cumplir la misión esencial de comunicar, con criterios de verdad, de imparcialidad y de conocimiento, ante la sociedad, que confiada en ellos, sigue desinformada.
Pero si el periodista está bien ilustrado, interpela al funcionario enfurecido, para pedirle que, como es su deber, exprese las desavenencias que tenga, pero en términos respetuosos y con amplia argumentación, para que contribuya a una auténtica democracia deliberativa.
Por lo todo lo anterior, desde este blog, cada semana, trataremos un tema que guarda relación con el pleno ejercicio del derecho a la información, fijaremos nuestra posición y haremos los aportes que sean pertinentes. Precisamente, nuestra obra: Los Periodistas y el Derecho a la Información es la respuesta para llenar ese gran vacío que tenemos. En este caso concreto, remitimos al Capítulo IX: El derecho penal y el derecho a la información. Se puede bajar un resumen en el portal, www.azaelcarvajal.com y adquirir la obra para mayor ilustración.

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